Tributar Asesores - Día cívico de la paz con la naturaleza se modifican plazos de impuestos nacionales

El documento analiza los efectos del “Día Cívico de la Paz con la Naturaleza”, establecido por el Decreto 500 de 2024, sobre el calendario tributario nacional, destacando que el 17 de abril de 2026 se considera día no hábil para entidades públicas como la DIAN, lo que implica el corrimiento automático de los vencimientos tributarios al siguiente día hábil; en consecuencia, obligaciones como la declaración de renta de grandes contribuyentes, la declaración de activos en el exterior y las retenciones en la fuente ven modificados sus plazos, generando un efecto general de ampliación de términos, mientras que a nivel territorial (departamental y municipal) este impacto no aplica salvo adopción expresa, reafirmando que los términos legales se suspenden en días no hábiles y se reanudan el siguiente día laboral.

Editorial Tributar Asesores - Transporte de carga por carretera nueva contribución con destino al FOPAT

El documento señala que desde el 1 de abril de 2026 empezó a aplicarse la contribución al FOPAT, equivalente al 0,1% del valor del manifiesto de carga, a cargo del usuario del transporte y recaudada por la empresa transportadora, siempre que el servicio sea intermunicipal o nacional y se preste en vehículos de más de 10,5 toneladas; además, se paga a la DIAN en el formulario 490, concepto 81, no integra la declaración de retención en la fuente y constituye un cargo adicional que, por su obligatoriedad, podría tratarse como gasto deducible.

Accounter SAS - Conciliación fiscal año gravable 2025: quiénes están obligados y cómo presentarla

La conciliación fiscal del año gravable 2025 es obligatoria para los contribuyentes del impuesto sobre la renta que lleven contabilidad, debiendo diligenciar los formatos F2516V9 y F2517V8 antes de presentar la declaración de renta; el umbral de 45.000 UVT solo define quiénes deben transmitirla electrónicamente, pero no elimina la obligación de elaborarla y conservarla, teniendo en cuenta que posee valor probatorio, puede ser requerida por la DIAN y su incumplimiento puede generar sanciones.

Editorial Tributar Asesores - La renta exenta no es automática riesgos por omitir la aprobación y acumular excedentes en las ESAL

La renta exenta en las entidades sin ánimo de lucro no es automática, ya que el beneficio neto o excedente solo puede tratarse como exento si el máximo órgano social aprueba expresamente su destinación a actividades meritorias dentro de los tres primeros meses del año siguiente y se documenta detalladamente en acta el uso y plazo de ejecución; de lo contrario, el excedente pierde su calidad de exento y queda sujeto a impuesto. Además, la acumulación injustificada de excedentes sin un plan claro de ejecución puede generar riesgos fiscales, incluso la pérdida de beneficios del régimen tributario especial, por lo que las ESAL deben fortalecer controles internos, documentar adecuadamente la destinación de recursos y cumplir las obligaciones formales para evitar contingencias tributarias.

Editorial Tributar Asesores - Nueva plataforma de reporte de información para el régimen ZESE

La DIAN implementó una nueva plataforma informática para el reporte de información del régimen ZESE, mediante la Resolución 234 del 5 de noviembre de 2025, la cual reemplaza el envío físico o por correo electrónico utilizado hasta el año gravable 2025. A partir de 2026, los contribuyentes acogidos a este régimen deberán presentar su reporte anual a través del nuevo servicio informático, cumpliendo el plazo máximo del 30 de marzo de cada año, con el fin de facilitar el envío, gestión y consulta de la información exigida por el artículo 1.2.1.23.2.7 del DURT.

Accounter - Firmeza de la información exógena 2025: cuándo prescribe la facultad sancionatoria de la DIAN

El editorial explica que la firmeza de la información exógena no se determina por su presentación, sino por la fecha de presentación de la declaración de renta del año en que se materializa la obligación, conforme al artículo 638 del ET y la jurisprudencia del Consejo de Estado. Bajo este criterio, la exógena del año gravable 2025, presentada en 2026, alcanzará su firmeza en 2029, lo que amplía el horizonte de fiscalización de la DIAN y exige una adecuada gestión de soportes hasta la firmeza de la declaración correspondiente.

Editorial Tributar Asesores - Editores Hache - Impuesto al patrimonio: ¿a resultado o a reservas?

El editorial “Impuesto al patrimonio: ¿a resultado o a reservas?”, publicado por Tributar Asesores en el Documento Tributario No. 989 del 13 de marzo de 2026, analiza que el Decreto 240 de 2026 permite registrar el impuesto al patrimonio del año 2026 como gasto del ejercicio o contra reservas patrimoniales. No obstante, el documento advierte que llevarlo al patrimonio contradice los estándares contables internacionales y podría generar conflictos con las reglas mercantiles sobre el uso de reservas, por lo que considera más consistente reconocerlo como gasto del periodo.

Editorial Tributar Asesores - Régimen SIMPLE, paraíso patrimonial: No inclusión del régimen SIMPLE en el impuesto al patrimonio reglado por el Decreto Legislativo 173 de 2026 y 240 de 2026

El editorial sostiene que la exclusión del Régimen SIMPLE del impuesto al patrimonio creado por los Decretos 173 y 240 de 2026 genera una asimetría en el sistema tributario, ya que empresas con patrimonios elevados pueden evitar el gravamen al permanecer en este régimen, lo que termina configurando un “refugio patrimonial” contrario a los principios de equidad tributaria.

Accounter - Decreto 240 de 2026: legislar por decreto en materia tributaria, una señal de alarma para la seguridad jurídica

El Decreto Legislativo 240 de 2026 introduce un paquete de medidas tributarias extraordinarias para financiar la atención de la emergencia climática declarada mediante el Decreto 150 de 2026, incluyendo la creación de un impuesto al consumo del 16% sobre los juegos de azar en línea, mecanismos de alivio tributario con reducción de sanciones e intereses, conciliaciones con la DIAN, un impuesto de normalización del 19% para activos omitidos y la ampliación del impuesto al patrimonio a establecimientos permanentes y sucursales de empresas extranjeras. Aunque las medidas buscan generar recaudo inmediato para enfrentar la crisis humanitaria, el decreto reabre el debate sobre la seguridad jurídica y el uso del poder tributario por vía de decretos de emergencia, pues varias de estas decisiones tradicionalmente corresponden al Congreso y quedarán sujetas al control constitucional de la Corte.

Editorial Tributar Asesores SAS - INC en los servicios de alimentación y lavandería prestados a hospitales e IPS: desfase doctrinal

El documento analiza el Concepto 0790 de la DIAN (2026), que excluye del IVA pero grava con Impuesto Nacional al Consumo (INC) los servicios de alimentación y lavandería en hospitales e IPS para pacientes internados. El autor critica esta posición por ignorar el artículo 48 de la Constitución, que impide destinar recursos de la seguridad social a fines distintos (incluidos tributos), según jurisprudencia de la Corte Constitucional y Consejo de Estado, y concluye que dichos servicios no deben pagar INC cuando se financian con recursos parafiscales.