Contrato a término fijo y prórrogas bajo la Ley 2466 de 2025 — Concepto MinTrabajo 6157 de 2026

mayo 6, 2026
El Ministerio del Trabajo precisó que, con la modificación del artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo por el artículo 6 de la Ley 2466 de 2025, los contratos a término fijo deben constar por escrito, no pueden superar cuatro años y ya no pueden renovarse indefinidamente; para contratos vigentes, ese límite se cuenta desde el 25 de junio de 2025. En contratos inferiores a un año, las partes pueden pactar prórrogas por escrito, incluso por un término distinto al inicialmente acordado, pero después de la cuarta prórroga la renovación no podrá ser inferior a un año; si opera la prórroga automática, las tres primeras serán por el mismo término y la cuarta por un año. Superado el límite máximo de cuatro años, el vínculo muta a contrato a término indefinido, sin que ello implique liquidar prestaciones en ese momento, pues estas se liquidan al finalizar realmente la relación laboral.









