
El documento rectifica una interpretación previa en la que se afirmaba erróneamente que los conjuntos residenciales, al cobrar por el uso de parqueaderos, eran responsables del IVA. Se aclara que esta conclusión fue fundada en normas derogadas. A través de esta fe de erratas, se confirma que las propiedades horizontales de uso residencial no son responsables del IVA por mandato del artículo 33 de la Ley 675 de 2001, que las declara no contribuyentes de impuestos nacionales.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) resolvió que un Contador Público no puede aceptar el cargo de Revisor Fiscal en una entidad donde tenga un vínculo conyugal —incluso de hecho— con una de sus socias, dado que este vínculo genera parentesco por afinidad. Conforme al artículo 50 de la Ley 43 de 1990, esta situación configura una inhabilidad expresa para ejercer la Revisoría Fiscal, a fin de salvaguardar la independencia e imparcialidad del Profesional.

La firma del Contador en certificaciones compromete directamente su responsabilidad profesional, incluso si actúa en representación de una empresa de outsourcing. El uso de expresiones como “actuando en nombre de...” no transfiere, ni disminuye su deber de juicio técnico, ético ni su responsabilidad individual frente a terceros y ante la Junta Central de Contadores.

Recientemente, el Consejo de Estado emitió una sentencia que clarifica la interacción entre la pérdida de la calificación de gran contribuyente y el factor temporal en la determinación de la competencia de la Dirección Seccional de Impuestos de Grandes Contribuyentes.