Sanción por extemporaneidad e ineficacia de la declaración de retención en la fuente — Concepto 15978 de 2026

La DIAN aclara que liquidar una sanción por extemporaneidad inferior a la exigible no genera ineficacia de la declaración cuando las retenciones y los intereses moratorios se pagaron íntegramente. Las causales del artículo 580-1 del Estatuto Tributario son taxativas; la diferencia de la sanción debe exigirse mediante los procedimientos de corrección o determinación oficial correspondientes.