Parentesco dentro del equipo de Revisoría Fiscal. Concepto CTCP 2026-225

El parentesco entre un integrante del equipo de Revisoría Fiscal y un empleado de la entidad no genera automáticamente una inhabilidad, porque las restricciones legales analizadas se refieren directamente a quien ejerce como Revisor Fiscal. Sin embargo, el equipo debe evaluar si esa relación crea amenazas a la independencia u objetividad y, de ser necesario, aplicar las salvaguardas previstas en el Código de Ética.

Reconocimiento y corrección de pasivos en propiedad horizontal. Concepto CTCP 2026-204

Una cuenta por pagar solo puede reconocerse cuando exista una obligación real, exigible y debidamente soportada. Por ello, un contador no puede registrar unilateralmente a su favor honorarios o incrementos no acordados, y la aprobación de una partida presupuestal no modifica por sí sola lo pactado en un contrato. Si el registro resulta errado o no tiene soporte, el contador actual puede corregirlo, dejando trazabilidad y evidencia de la modificación.

Estados financieros en propiedades horizontales por etapas. Concepto CTCP 2026-210

Si varias etapas pertenecen a una misma propiedad horizontal, tienen un único NIT y conforman una sola persona jurídica, los estados financieros de propósito general deben elaborarse para toda la copropiedad. El CTCP aclara que no corresponde llamarlos “consolidados” ni “unificados”; la información por etapas puede manejarse mediante centros de costos o auxiliares contables, sin que cada etapa se convierta en una entidad reportante independiente.

Modalidad especial de Obras por Impuestos para la reconstrucción de territorios afectados por el terremoto – Decreto Legislativo 1389 de 2026

El Decreto Legislativo 1389 de 2026 crea una modalidad especial de Obras por Impuestos para financiar la reconstrucción de los territorios afectados por el terremoto del 10 de agosto, incluso si no pertenecen a ZOMAC o PDET. La norma establece un banco de proyectos administrado por la ART, procedimientos abreviados de viabilidad, ventanas extraordinarias de vinculación y aportes anticipados a fiducia, limitados al 50 % del impuesto de renta a cargo, sujetos al cupo anual que determine el CONFIS.

Fiscalización de declaraciones sin firma y prueba de la realidad de costos y deducciones – Consejo de Estado, Exp. 28669 de 2026

El Consejo de Estado precisó que una declaración sin firma del revisor fiscal conserva efectos mientras la DIAN no profiera oportunamente el auto que la tenga por no presentada, por lo que puede optar por fiscalizarla. Además, rechazó la adición de ingresos originada en una duplicidad demostrada en las declaraciones de IVA, pero mantuvo el desconocimiento de costos y gastos porque las facturas y registros contables no desvirtuaron los indicios sobre la falta de materialidad de las operaciones.

Descuento del IVA por activos fijos reales productivos adquiridos mediante fiducia – Concepto DIAN 13944 de 2026

El fideicomitente que también tenga la calidad de beneficiario puede descontar en su impuesto sobre la renta el IVA pagado por la adquisición de un activo fijo real productivo, tanto cuando lo compre directamente y luego lo aporte a la fiducia como cuando sea adquirido por el patrimonio autónomo. La procedencia se sustenta en los artículos 102 y 258-1 del ET y exige cumplir los requisitos de los artículos 1.2.1.27.1 al 1.2.1.27.7 del Decreto 1625 de 2016, conservar los soportes correspondientes y evitar que el mismo IVA sea tratado simultáneamente como costo, gasto o impuesto descontable en la declaración de IVA.

Descuento tributario por inversiones en programas de siembra de árboles – Concepto DIAN 13567 de 2026

Las inversiones realizadas por medianas y grandes empresas para cumplir el programa de siembra de árboles previsto en el artículo 6 de la Ley 2173 de 2021 pueden generar el descuento del 25 % del impuesto sobre la renta establecido en el artículo 255 del ET. Para su procedencia, la empresa debe obtener previamente la certificación de la autoridad ambiental que acredite que la inversión corresponde a alguno de los rubros del artículo 1.2.1.18.53 del Decreto 1625 de 2016 y cumplir los demás requisitos reglamentarios. El hecho de que la siembra sea una obligación legal no impide aplicar el beneficio, pues se trata de una iniciativa distinta de las medidas exigidas para mitigar impactos derivados de una licencia ambiental.

Clasificación de servicios profesionales y técnicos en el Régimen SIMPLE – Concepto DIAN 14298 de 2026

La clasificación de los servicios profesionales, de consultoría y científicos dentro del SIMPLE no depende exclusivamente del código CIIU 7020, sino de la naturaleza real de la actividad, las notas explicativas y la estructura jerárquica de la clasificación CIIU. Los servicios donde predomina el factor intelectual, incluidas las profesiones liberales, pertenecen al numeral 3 del artículo 908 del ET y no pueden trasladarse al numeral 2 como servicios técnicos o mecánicos por una apreciación de su resultado material; además, sus ingresos no pueden superar 12.000 UVT para permanecer en el régimen. Cuando cambie la clasificación o se desarrollen varias actividades, deberá actualizarse el RUT e identificarse como principal aquella que genere mayores ingresos.

Reconocimiento contable de ingresos en operaciones de exportación – Concepto CTCP 206 de 2026

La factura electrónica no define por sí sola cuándo debe reconocerse el ingreso de una exportación. El registro contable procede cuando se transfiere el control de los bienes al cliente según el contrato, el Incoterm y los soportes de la operación. Si la factura se expide anticipadamente, no es obligatorio emitir nota crédito únicamente porque el ingreso se reconozca en un periodo posterior.

Alcance, independencia y límites de la Revisoría Fiscal en propiedad horizontal – Concepto CTCP 212 de 2026

El Consejo de Administración no puede exigir que el Revisor Fiscal apruebe previamente contratos o decisiones administrativas, ni imponerle una asistencia permanente que exceda el encargo aprobado por la Asamblea. Su función es fiscalizar con independencia, sin intervenir en la selección, autorización o ejecución de las decisiones. Tampoco le corresponde certificar estados financieros mensuales.

Territorialidad del ICA en el servicio de transporte: el lugar de recolección no equivale al lugar de despacho — Sentencia 30154 de 2026

Para determinar la territorialidad del ICA en la actividad de transporte, el lugar donde se recoge físicamente la mercancía no puede confundirse con el lugar de despacho, entendido como aquel donde se desarrollan las actuaciones operativas que materializan el cumplimiento del contrato. La simple recolección de mercancías y la práctica de retenciones de ICA no son suficientes para acreditar la realización de la actividad gravada en una jurisdicción, por lo que se anuló la inscripción de oficio en el RIT.