Reconocimiento y medición del impuesto sobre la renta NIIF. Concepto CTCP 141 de 2025

junio 20, 2025
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) aclara que toda entidad que sea contribuyente del impuesto sobre la renta debe reconocer y medir la provisión de este impuesto al cierre del periodo contable, con base en la renta fiscal calculada conforme a la normativa tributaria vigente, no simplemente a partir de la utilidad contable. Por tanto, incluso si se presenta pérdida fiscal al final del periodo, puede ser necesario registrar un activo por impuesto diferido. Esta estimación debe ser lo más cercana posible al impuesto real a pagar o recuperar, justificando cualquier diferencia significativa en las notas a los estados financieros.










