Validez de los EEFF dictaminados que no se acompañan de la expresión “ver opinión adjunta”. Concepto CTCP 186 de 2025

julio 8, 2025
El documento concluye que la expresión "ver opinión adjunta" u otra similar debe anteponerse obligatoriamente a la firma del Revisor Fiscal o Contador independiente en los estados financieros dictaminados, según lo establece la Ley 222 de 1995. Su omisión no invalida formalmente los estados financieros, pero sí afecta la certeza de que dichos estados corresponden a los efectivamente revisados, debilitando la transparencia y la fe pública. Además, se aclara que no es necesario firmar cada hoja de los estados financieros; basta con la firma en la última página del juego completo, que incluye las notas, al ser estos documentos una unidad integral e indivisible.









