Deterioro y Castigo de Cartera bajo NIIF para las Pymes. Concepto CTCP 169 de 2025

julio 8, 2025
Una entidad del Grupo 2 que aplica las NIIF para las PYMES debe evaluar, al final de cada periodo, la existencia de evidencia objetiva de deterioro de sus cuentas por cobrar, reconociendo una pérdida por deterioro cuando se identifique que un valor no es recuperable. El castigo contable de cartera procede solo cuando el saldo ha sido completamente deteriorado y se cumplen los requisitos para darlo de baja. La participación accionaria de un fondo público no altera este tratamiento contable, siempre que la entidad no esté sujeta al régimen de contabilidad pública, por lo tanto, la medición, reconocimiento y revelación del deterioro deben realizarse conforme a la Sección 11 del marco técnico vigente.









