5ta adición al Concepto General sobre el Régimen Simple de Tributación - SIMPLE con motivo de la Ley 2277 de 2022.
Los intermediarios de seguros pueden optar por el simple siempre y cuando cumplan con lo establecido en los artículos 905 y 906 del ET.
La DIAN absolverá diferentes interrogantes que se han formulado en torno a la interpretación y aplicación del impuesto SIMPLE por la decisión adoptada por la Corte Constitucional C-540 de 2023.
Una vez notificada la Sentencia C-540/23 y siempre que en la misma no se aborde, esta entidad solicitará a la Corte claridad sobre si la referida decisión es aplicable para el año gravable 2023.
Los partícipes gestores de los contratos de cuentas en participación deben tomar como base del anticipo de que trata el Par 4 del Art. 908 ET. solo los ingresos brutos propios.
Las sociedades y entidades extranjeras que tengan su sede efectiva de administración en el territorio colombiano pueden optar por el SIMPLE.
Una persona natural que es socio industrial de una sociedad puede optar por el régimen simple de tributación - SIMPLE, siempre y cuando cumpla los requisitos previstos en la Ley para ello.
Al respecto, es necesario realizar una interpretación armónica del numeral 2 del artículo 905 del Estatuto Tributario con lo señalado en los numerales 4 y 5 del artículo 908 ibidem
Régimen Simple de Tributación – SIMPLE con motivo de la Ley 2277 de 2022
El Art. 905 ET. podrán ser sujetos pasivos del RST entre otras condiciones, lo relacionado con el límite de ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios en el año gravable anterior
Los contribuyentes deben liquidar el anticipo en los recibos electrónicos del SIMPLE sobre los ingresos brutos y conforme a las reglas antes mencionadas.