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Ya que el periodo gravable aún no ha finalizado, esta circunstancia no constituye causal que impida permanecer en el simple
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Por la cual se prescribe el formulario No. 2593 v. 4, su instructivo y el anexo, para el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes del SIMPLE.
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De acuerdo con el Calendario Tributario, entre el 22 y 26 de febrero de 2021 se debe presentar y pagar la Declaración anual del IVA para este régimen.
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Una facilidad de pago, en tanto se cumplan las condiciones consignadas en el mismo, no contraviene el numeral 6 del artículo 905 del Estatuto Tributario para acceder al Régimen SIMPLE
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El documento expedido para los servicios públicos domiciliarios es considerado documento equivalente a la factura por la normatividad vigente.
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Precisión de la DIAN sobre la calidad de agentes de retención a título de IVA de los contribuyentes pertenecientes al Simple.