Si pueden ser objeto de terminación por mutuo acuerdo los procesos administrativos tributarios en los cuales se haya notificado requerimiento especial o pliego de cargos con posterioridad al 27 de diciembre de 2006
Concepto 036802
17 de Mayo de 2007
DIAN
Si pueden ser objeto de terminación por mutuo acuerdo los procesos administrativos tributarios en los cuales se haya notificado requerimiento especial o pliego de cargos con posterioridad al 27 de diciembre de 2006
Si pueden ser objeto de terminación por mutuo acuerdo los procesos administrativos tributarios en los cuales se haya notificado requerimiento especial o pliego de cargos con posterioridad al 27 de diciembre de 2006