Prorroga emergencia sanitaria hasta el 31 de mayo de 2021
Por la Ley 2069 de 2020, el Gobierno Nacional se encuentra facultado para determinar el tiempo y la forma de la convocatoria y las reuniones ordinarias del máximo órgano social
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, en el marco de las competencias de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
Por la cual se desarrolla el registro de la factura electrónica de venta como título valor y se expide el anexo técnico de registro de la factura electrónica de venta como título valor
Anexo técnico del documento soporte en adquisiciones con sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente.
Este sistema también es aplicable a otras operaciones tales como los pagos de nómina, las exportaciones, importaciones y los pagos a favor de no responsables del impuesto sobre las ventas -IVA
El Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM se liquidará a partir del primero (1) de febrero de 2021
Se indican los campos de datos adicionales del sector salud incluidos en la generación de la factura electrónica de venta.
Por la segunda ola de contagios por el covid 19 y las cuarentenas focalizadas en varios municipios del país, es necesario prorrogar el plazo establecido en el Art. 2 Re. 114 de 2020
Prorrogar la suspensión de los términos adoptada para los procesos administrativos a que se refiere la Resolución No. SDH-000016 de 2021
Certificación de los ingresos por rentas de trabajo, de pensiones y de otros conceptos; al igual que las retenciones en la fuente practicadas y por aportes obligatorios al impuesto solidario por COVID 19