Oficio 220-082384 Procedimientos para la liquidación de sociedades de economía mixta que comparten el régimen de las empresas industriales y comerciales del Estado.
Oficio 220-082384 Superintendencia de Sociedades 18 de Septiembre de 1012
Oficio 617 DIAN 14 de Septiembre de 2012
de conformidad con el artículo 653 del Estatuto Tributario para constatar la infracción por no expedir factura o hacerlo sin requisitos es necesario que se designe por parte del Jefe de Fiscalización dos funcionarios para este efecto. También indica que los funcionarios designados recepcionan testimonios de los consumidores a quienes no se les ha expedido factura. Pregunta, si es necesario recepcionar adicionalmente testimonios o es suficiente como prueba de la infracción la atestación de los funcionarios en el acta de la diligencia realizada?
Oficio 220-080845 Superintendencia de Sociedades 11 de Septiembre de 2012