Editorial Tributar Asesores SAS - Tremenda lección del Consejo de Estado: función real y objetiva del espíritu de justicia

El editorial analiza una reciente sentencia del Consejo de Estado en la que se cuestionó la actuación de la DIAN frente a unos descuentos condicionados recibidos por un contribuyente. Aunque el alto tribunal aceptó que dichos descuentos debían tratarse como ingresos y no como menor valor del costo, también precisó que la administración tributaria no podía limitarse a adicionar el ingreso sin reconocer el ajuste correlativo en el costo, porque ello desconocería la realidad económica de la operación y el espíritu de justicia previsto en el artículo 683 del ET. En el fondo, la decisión deja una enseñanza importante: los errores formales o de clasificación no deben convertirse automáticamente en una mayor carga fiscal para el contribuyente cuando, en esencia, el efecto tributario debía ser neutro.

Editorial Tributar Asesores SAS - Hasta dónde hemos llegado: cuando hacer trampa se vuelve lícito

Tras la suspensión provisional de las tarifas de autorretención especial del Decreto 572 de 2025 por el Consejo de Estado y su posterior levantamiento con efectos solo desde el mes siguiente a la ejecutoria, las declaraciones de mayo y junio de 2026 debían presentarse con las tarifas anteriores “revividas”; sin embargo, critica que la DIAN no ajustó su plataforma para permitirlo, obligando en la práctica a autoliquidar con tarifas suspendidas y generando un escenario que, según el autor, presiona a los contribuyentes a pagar más de lo debido o incluso a “normalizar la trampa” para corregir el resultado, por lo que concluye que la DIAN debía actuar con urgencia para adecuar sus sistemas y permitir el cumplimiento correcto de la decisión judicial.

DIAN - A más tardar el 30 de junio, Entidades Sin Ánimo de Lucro pertenecientes al Régimen Tributario Especial deben actualizar su registro ante la DIAN

Son cerca de 20.000 ESAL que deben presentar su solicitud de actualización para permanecer en el Régimen Tributario Especial - RTE. Los contribuyentes de este régimen, así como las cooperativas que no realicen la solicitud de actualización, pasarán a ser contribuyentes del impuesto de renta y complementarios del régimen ordinario.

Accounter - El Decreto 572 de 2025 recupera vigencia plena: el Consejo de Estado revoca la suspensión provisional y fija julio como fecha de restablecimiento

El Consejo de Estado revocó la suspensión provisional de los artículos 2 a 8 del Decreto 572 de 2025, decisión que restablece la aplicación de las tarifas incrementadas de autorretención y las bases modificadas de retención en la fuente, La medida producirá efectos desde el primer día calendario del mes siguiente a la ejecutoria del auto, previsiblemente desde julio de 2026, La decisión no define aún la legalidad del decreto, pero obliga a los agentes de retención a revisar sistemas, parametrizaciones y controles internos para aplicar correctamente el régimen que vuelve a regir.

Brigard Urrutia - Consejo de Estado revoca suspensión del Decreto 572 de 2025

El Consejo de Estado revocó la suspensión provisional de los artículos 2 a 8 del Decreto 572 de 2025, mediante los cuales se modificaron las tarifas y bases de retención y autorretención en la fuente a título del impuesto sobre la renta. En consecuencia, estas disposiciones volverán a producir efectos jurídicos hasta que se profiera una decisión definitiva sobre su legalidad.

Segunda vuelta 2026: dos modelos tributarios frente a frente. Lo que dicen los programas, lo que callan los números y lo que el próximo gobierno deberá resolver en cualquier caso.

  Segunda vuelta 2026: dos modelos tributarios frente a frente. Lo que dicen los programas, lo que callan los números y lo que el próximo gobierno deberá resolver en cualquier caso. El 21 de junio de 2026, Colombia elegirá entre dos visiones fiscales que parten de diagnósticos distintos sobre la misma realidad: un déficit que […]

Editorial Tributar Asesores SAS - Cuatro por mil en los aportes fiduciarios

El documento explica que la DIAN reconsideró su doctrina y concluyó que el aporte de bienes a un patrimonio autónomo no genera GMF, porque no constituye una disposición efectiva de recursos ni una transferencia a un tercero, sino un movimiento propio del negocio fiduciario. El impuesto solo se causaría cuando el fideicomitente ceda sus derechos fiduciarios o cuando el patrimonio autónomo enajene el bien aportado. Si en el pasado una fiduciaria practicó GMF por este tipo de aporte, podría solicitarse la devolución ante el agente retenedor.

Asuntos legales - Precios determinables en construcción

Si usted es constructor y ha pactado precios atados al salario mínimo o a índices de costos, esta columna le interesa. Una sentencia reciente del Tribunal Superior de Bogotá abre un debate que el sector inmobiliario no puede ignorar: ¿hasta dónde llegan las instrucciones de la Superintendencia de Industria y Comercio frente a la libertad contractual?.