junio 9, 2026
Tras la suspensión provisional de las tarifas de autorretención especial del Decreto 572 de 2025 por el Consejo de Estado y su posterior levantamiento con efectos solo desde el mes siguiente a la ejecutoria, las declaraciones de mayo y junio de 2026 debían presentarse con las tarifas anteriores “revividas”; sin embargo, critica que la DIAN no ajustó su plataforma para permitirlo, obligando en la práctica a autoliquidar con tarifas suspendidas y generando un escenario que, según el autor, presiona a los contribuyentes a pagar más de lo debido o incluso a “normalizar la trampa” para corregir el resultado, por lo que concluye que la DIAN debía actuar con urgencia para adecuar sus sistemas y permitir el cumplimiento correcto de la decisión judicial.