Importación de empaques plásticos de un solo uso puede causar impuesto aun cuando contengan materias primas — Concepto DIAN 7878 int. 730 de 2026

La DIAN precisó que, desde el 25 de julio de 2025, la importación de productos plásticos de un solo uso usados para envasar, embalar o empacar bienes puede causar el impuesto, incluso si contienen materias primas farmacéuticas o alimentarias. La exclusión debe analizarse sobre el plástico y su destinación, no sobre el bien contenido. Si el empaque cumple los requisitos del parágrafo del artículo 5 de la Ley 2232 de 2022, podría estar excluido; las estibas reutilizables no causarían el impuesto si no califican como plástico de un solo uso. En materiales compuestos, la base se calcula sobre el producto plástico completo, sin separar componentes.

Cómputo del beneficio ZESE para sociedades preexistentes debe iniciar desde la actualización del RUT — Concepto DIAN 905 de 2026

La DIAN reconsideró el Concepto 018160 de 2025 y precisó que, para las sociedades comerciales constituidas antes de la Ley 1955 de 2019 que se acogieron válidamente al régimen ZESE dentro del término legal, los cinco años de tarifa del 0% en renta no deben contarse automáticamente desde 2020, sino desde el año gravable en que la sociedad cumplió los requisitos y adquirió la condición de beneficiaria mediante la actualización del RUT, sin que dicho momento pueda ser posterior a 2022. La entidad fundamenta este cambio en una interpretación teleológica del artículo 268 de la Ley 1955 de 2019 y del artículo 1.2.1.23.2.5 del Decreto 1625 de 2016, señalando que contar el beneficio desde 2020 para todas las sociedades preexistentes reduciría materialmente el término efectivo del beneficio, afectaría la confianza legítima y generaría un trato desigual frente a sociedades nuevas constituidas entre 2020 y el 24 de mayo de 2022.

Sanción autónoma al representante legal y Revisor Fiscal no desaparece por archivo del proceso contra la sociedad — Concepto DIAN 7258 de 2026

La DIAN precisó que la sanción prevista en el artículo 658-1 del ET contra representantes legales y revisores fiscales tiene carácter personal y autónomo, por lo que el archivo del proceso adelantado contra la sociedad, cuando esta subsana la irregularidad, no implica automáticamente el archivo del proceso sancionatorio contra dichos terceros. En criterio de la entidad, la sanción busca reprochar el incumplimiento del deber formal del representante legal que ordenó o aprobó irregularidades, o del Revisor Fiscal que las conoció sin dejar la salvedad correspondiente; por tanto, no opera el principio de non bis in idem, al no existir identidad de sujeto ni de conducta sancionable frente a la sanción impuesta al contribuyente.

DANE sí puede acceder a los formatos 2516 y 2517 con fines estadísticos — Concepto DIAN 761 de 2026

La DIAN reconsideró su posición del Oficio 750 de 2021 y precisó que la reserva tributaria del artículo 583 del ET no es oponible al DANE cuando solicite información de los formatos de conciliación fiscal 2516 y 2517 para fines exclusivamente estadísticos, en virtud del artículo 23 de la Ley 2335 de 2023 y del artículo 27 del CPACA; por tanto, procede la entrega de dicha información, siempre que se apliquen protocolos de seguridad, anonimización y confidencialidad, reconociendo la competencia funcional del DANE para requerir datos tributarios con destino estadístico.

DIAN precisa la ruta para devolver retenciones indebidas por impuesto de timbre en operaciones con entidades públicas — Concepto 317 de 2026

La DIAN precisó que, en operaciones sujetas al impuesto de timbre, incluidas las realizadas a través de la Bolsa Mercantil de Colombia, debe verificarse quién actúa como agente retenedor según su intervención en el documento gravado y, si existe mandato, la retención corresponde al mandatario conforme al artículo 1.2.4.11 del Decreto 1625 de 2016. Cuando se haya practicado una retención indebida o en exceso, el contribuyente debe solicitar primero el reintegro al agente retenedor bajo el artículo 1.2.4.16 íbidem; solo si este procedimiento no es posible, el agente retenedor podrá pedir la devolución ante la DIAN como pago de lo no debido, conforme al artículo 850 del ET.

Competencia para reconocer intereses en devoluciones tributarias corresponde al ordenador del gasto — Concepto DIAN 8034 int. 607 de 2026

La DIAN precisó que los intereses corrientes y moratorios derivados de procesos de devolución de saldos a favor o pagos en exceso, conforme al artículo 863 del ET, no son reconocidos por el funcionario que decide la devolución, sino por los servidores con función de ordenación del gasto, específicamente los directores seccionales correspondientes según la delegación prevista en la Resolución DIAN 94 de 2021. El Concepto aclara que, aunque dicha resolución menciona expresamente los intereses moratorios, la naturaleza presupuestal del reconocimiento y pago permite extender la competencia también a los intereses corrientes; además, el acto que reconoce estos intereses no define la obligación tributaria, por lo que no procede recurso de reconsideración, sino los recursos del CPACA.

Impuesto al patrimonio 2026 puede pagarse mediante compensación de saldos a favor — Concepto DIAN 7490 int. 597 de 2026

La DIAN adicionó el Concepto General 428 de 2026 para precisar que el impuesto al patrimonio creado por el Decreto Legislativo 173 de 2026, modificado por el Decreto Legislativo 240 de 2026, sí puede cancelarse mediante compensación de saldos a favor. En nuestro criterio, el punto central es que la prohibición del artículo 298-6 del ET no aplica integralmente a este nuevo impuesto excepcional, pues el Decreto 240 de 2026 solo reiteró la no deducibilidad o descuento en renta, pero no extendió expresamente la prohibición de compensarlo con otros impuestos. Por ello, ante la ausencia de una restricción especial, debe aplicarse la regla general del artículo 815 del ET, que permite solicitar la compensación de saldos a favor con deudas por impuestos, anticipos, retenciones, intereses y sanciones a cargo del contribuyente.

Tratamiento patrimonial de las valorizaciones no redimidas en fondos de capital privado y fondos de inversión colectiva — Concepto DIAN 6066 de 2026

La DIAN precisó que las valorizaciones o desvalorizaciones de participaciones en fondos de capital privado o fondos de inversión colectiva deben reconocerse en el patrimonio fiscal, aunque no hayan sido redimidas, porque representan un derecho económico apreciable en dinero según el artículo 261 del ET. La realización del ingreso puede darse al momento de la redención, pero el valor patrimonial debe determinarse conforme al parágrafo 6 del artículo 1.2.4.2.78 del Decreto 1625 de 2016, criterio relevante también para el impuesto al patrimonio 2026.

DIAN precisa que la provisión individual y la provisión general de cartera son métodos alternativos, no deducciones concurrentes — Concepto 7021 de 2026

La DIAN concluyó que el Concepto 15966 de 2025 no permite tomar simultáneamente la deducción por provisión individual y provisión general de cartera, aun tratándose de entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera. En su criterio, el artículo 145 del ET reconoce la deducibilidad del deterioro de cartera, pero su desarrollo reglamentario en los artículos 1.2.1.18.19 y 1.2.1.18.21 del Decreto 1625 de 2016 establece dos mecanismos alternativos y excluyentes: el contribuyente debe optar por la provisión individual o por la provisión general, sin que sea procedente aplicar ambas sobre el mismo período gravable o el mismo universo de cartera. Por ello, la DIAN negó la aclaración solicitada y ratificó que no existe doble beneficio tributario, sino dos métodos de determinación fiscal del deterioro de cartera.

Bolsas plásticas reutilizables no causan INC si cuentan con certificación de la ANLA — Concepto 6073 de 2026

La DIAN precisó que no existe un trámite adicional ante esa entidad para que no se cause el impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas cuando se trate de bolsas reutilizables del numeral 4 del artículo 512-16 del ET. Para ello, las bolsas deben cumplir las características técnicas y mecánicas previstas en el artículo 1.5.6.3.2 del Decreto 1625 de 2016, contar con certificación expedida por la ANLA con vigencia de un año, e incorporar la información mínima exigida, entre ella la identificación del fabricante o importador, país de origen, normas técnicas aplicables y la leyenda de que su entrega no causa el impuesto. En consecuencia, obtenida la certificación de la ANLA, la entrega de dichas bolsas no causa el INC de bolsas plásticas, sin necesidad de adelantar un procedimiento adicional ante la DIAN.

Apoyo de sostenimiento de la Ley 1917 de 2018 debe reportarse en el certificado de ingresos y retenciones — Concepto 6070 de 2026

La DIAN precisó que los valores recibidos por concepto de apoyo de sostenimiento de la Ley 1917 de 2018 pueden tratarse como ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional para el beneficiario, en los términos del artículo 46 del ET, siempre que se cumplan los presupuestos de dicha norma y la regulación aplicable al programa. No obstante, estos pagos deben reflejarse en el certificado de ingresos y retenciones Formulario 220, específicamente en el renglón 51, cuando sean efectuados por el empleador o agente de retención obligado a expedirlo conforme a los artículos 378 y 379 del ET. Con esa información, cada beneficiario deberá verificar si está obligado a declarar renta según sus ingresos brutos y los topes legales aplicables.

Errores formales en la identificación del adquirente no siempre invalidan la factura electrónica — Concepto DIAN 5714 de 2026

La DIAN precisó que los errores en la identificación del adquirente en la factura electrónica solo obligan a anular y expedir una nueva factura cuando impiden establecer de manera inequívoca quién es el destinatario real de la operación. En cambio, si se trata de errores formales o tipográficos que no afectan la identificación del adquirente ni la realidad económica de la transacción, la factura conserva su validez como soporte de costos, deducciones e impuestos descontables, conforme a los artículos 615, 616-1, 617 y 771-2 del ET y al principio de sustancia sobre la forma.