Concepto 52250 DIAN 21 De Agosto de 2013
(Javeriana.edu.co) Críticas recibió el IPSASB, como emisor de estándares Internacionales de contabilidad para el sector público, por expedirlos sin tener bases teóricas que los sustenten y apoyarse para ello en el viejo marco conceptual del IASB;
La Dian reitera su posición frente a este tema expresando “Ahora bien, si en la fecha, en que debe efectuarse el pago de la primera cuota, el contribuyente ya ha elaborado su declaración en la que se determina un saldo a favor por el respectivo periodo gravable, se considera que en aras del principio de justicia y equidad, podrá no cancelar valor alguno por concepto de esta cuota, toda vez que lo que pretende la disposición el recaudo parcial de los valores a pagar del periodo.
(Gabriel Vásquez Tristancho) Nos genera bastante curiosidad escuchar a funcionarios del gobierno dar alcance interpretativo a la reforma tributaria como en el caso del editorial que nos ocupa, ya que afirman que por efectos de la reforma tributaria al encontrarse gravados con el impuesto a las ventas los servicios de parqueaderos en las propiedades horizontales mixtas o residenciales, también son sujetos pasivos del impuesto de industria y comercio.