Editorial Tributar Asesores - Transporte de carga por carretera nueva contribución con destino al FOPAT

abril 8, 2026
El documento señala que desde el 1 de abril de 2026 empezó a aplicarse la contribución al FOPAT, equivalente al 0,1% del valor del manifiesto de carga, a cargo del usuario del transporte y recaudada por la empresa transportadora, siempre que el servicio sea intermunicipal o nacional y se preste en vehículos de más de 10,5 toneladas; además, se paga a la DIAN en el formulario 490, concepto 81, no integra la declaración de retención en la fuente y constituye un cargo adicional que, por su obligatoriedad, podría tratarse como gasto deducible.









