Acuerdos de pago ley 2010 de 2019 pueden concederse sin garantía por cuanto los mismos no exceden el término de 12 meses. Concepto 91 DIAN de 2020

 Los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos nacionales, deudores solidarios o garantes, los usuarios aduaneros y del régimen cambiario que decidan acogerse a la conciliación contencioso-administrativa en materia tributaria, aduanera o cambiaria de que trata el presente artículo, podrán suscribir acuerdos de pago, los cuales no podrán exceder el término de doce (12) meses contados a partir de la suscripción del mismo.

Concepto General DIAN importaciones diplomáticos

De conformidad con los artículos 19 y 38 del decreto 4048 de 2008, en concordancia con el artículo 7° de la resolución n° 204 de 2014, se avoca el conocimiento para expedir el presente concepto general unificado.

Presentación de la Declaración de Retenciones en contingencia en los Servicios Informáticos Electrónicos (SIE). Concepto 2700 DIAN de 2019

Si la administración por una contingencia en los Servicios Informáticos Electrónicos (SIE) suspendió el término para presentar las declaraciones de retención en la fuente, esta obligación (presentación y pago) por inconvenientes técnicos no imputable a los contribuyentes, debe ser cumplida a más tardar al día siguiente a aquel en que los servicios informáticos se hayan restablecido. Ello debido a que, es la presentación de la declaración de retención en la fuente la que origina el requisito del pago de la misma, es decir, es en esta que se soporta el concepto de la obligación a pagar por los conceptos y valores retenidos…
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