clausulas de no competencia en fusiones y adquisiciones

asociado
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Nuestra legislación de competencia es clara en establecer que se consideran contrarios a la libre competencia y en consecuencia están prohibidos aquellos acuerdos que tengan por objeto o como efecto "abstenerse de producir un bien o servicio", así como aquellos que tengan por objeto o como efecto "la repartición de mercados entre productores o entre distribuidores" (numerales 3 y 8 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992). Estas cláusulas son generalmente conocidas como cláusulas de no competencia y de repartición de mercados respectivamente.

Venezuela y Colombia se sientan a hacer negocios

sociedades
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(Elcolombiano.com) Con el fin de fortalecer las relaciones comerciales y de recuperar los niveles del flujo comercial entre los dos países, empresarios de Venezuela y Colombia se reúnen hoy y mañana en Caracas, en el Encuentro Económico, Productivo y Comercial.

Aranceles afectan la cadena textil

arancel
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(Elcolombiano.com) Fabricato advierte que el buen ambiente para los negocios del año pasado, está siendo amenazado en 2011 por la reforma arancelaria, que propiciará en el largo plazo mayores importaciones.
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