Comentario: Las sociedades SAS se encuentran en la obligación de llevar un libro de actas, en el que se consignen, cada una de las actas de asambleas de accionistas o asambleas ordinarias, con el fin de guardar un orden cronológico de los eventos importantes que sucedan en la compañía, las mismas deben estar firmadas por el presidente y el secretario de la asamblea, para que tengan validez alguna.
Comentario: Un socio que está actuando de manera indebida, puede ser excluido, por los demás socios, perdiendo su participación dentro de la sociedad e indemnizando a la misma si hay lugar, de acuerdo a su falta.
El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Hacienda efectúa la compilación de las normas de carácter tributario preexistentes, las cuales se encuentran en diversos Decretos y resoluciones que datan de varias décadas en algunos casos, por lo tanto se constituye en un documento de consulta de gran utilidad para todos los Contadores Públicos en Colombia.
Comentario: Al realizar una solicitud de devolución y/o compensación, la cual no sea correcta, la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, impondrá como sanción, al contribuyente, el incremento del 50% de los intereses moratorios, calculados sobre el valor del saldo solicitado en devolución y/o compensación. Así pues, la sanción que debe pagar el contribuyente está compuesta por los intereses moratorios más el incremento del 50% de los mismos.
Comentario: La DIAN puede otorgar facilidades de pago siempre y cuando exista un acuerdo suscrito entre el deudor y las entidades financieras cuyo objeto sea la reestructuración de su deuda con éstos.
Comentario: Las empresas multinivel no se encuentran en la responsabilidad de exigir a sus vendedores independientes (Ley 1700 de 2013) los pagos de seguridad social, ya que su relación no es laboral, sino comercial; por lo tanto, no es requisito para su deducción, las planillas de aportes a seguridad social, realizada por cada uno de los vendedores.
Comentario: Las ventas de bienes derivados del petróleo que le siguen a la venta realizada por el importador y/o productor, deberan entenderse como excluidas del impuesto a las ventas IVA.
Comentario: La declaración del CREE solo podrá entenderse como no presentada si la DIAN dentro del término de firmeza de la declaración, expide el Auto declarativo que así lo ordene.
Comentario: La acción social de responsabilidad no procede al interior de las sociedades en comandita, estableciendo así la imposibilidad de aplicar dicha responsabilidad a los gestores.
Comentario: Las sociedades del régimen tributario especial pueden descontar el valor de los egresos, de la totalidad de sus ingresos, sin importar la naturaleza de los mismos, siempre y cuando los egresos tengan relación de causalidad con los ingresos o con el cumplimiento de su objeto social este tratamiento aplica para la compra de activos fijos por parte de estas entidades.
Comentario: Cuando en una sociedad se decide realizar una capitalización de acciones no se hace necesario, la elaboración ni aprobación de ningún tipo de reglamento de colocación de acciones, solo basta con la negociación por cada una de las partes y la aprobación de la mayoría de accionistas.
Comentario: El costo fiscal de los activos fijos solo podrá ser calculado por cada contribuyente basándose en las legislación vigente y en las diferentes situaciones que solo él conoce y son su responsabilidad.