Comentario: El salario a destajo es una modalidad de pago que se pacta con el empleado, con el fin de medir el rendimiento del mismo, ya que se pagará de acuerdo al trabajo realizado a la fecha de corte; y en ninguna circunstancia el empleado perderá alguno de los beneficios consagrados por Ley, como las prestaciones sociales, seguridad social y vacaciones.
Comentario: Las acciones pueden ser cedidas a título gratuito ya que las mismas son propiedad de cada socio, siendo parte del patrimonio individual de cada uno, esta acción se puede realizar siempre y cuando estas se encuentren totalmente liberadas.
Comentario: No es posible realizar la división del derecho de usufructo, entre los accionistas, cuando la sociedad receptora del mismo entre en liquidación, solo pueden ser repartidas las utilidades que se hayan generado y que han quedado como remanente.
Comentario: Se considera conflicto de intereses cuando un administrador de la empresa, enfrente el interés de la misma con el de un tercero, cuando se presente esta situación es obligación del administrador, someter a consideración y aprobación del órgano correspondiente dicha decisión.
Comentario: El pasado 24 de octubre de 2016 comenzó a regir, de forma plena, la normativa que establece un mayor control sobre las operaciones de libranzas y promueve la transparencia en las libranzas extrabancarias. Dicho Decreto reglamenta la revelación de información y gestión de riesgos en la venta y administración de dichas operaciones, creando así, un ambiente óptimo de seguridad, para su negociación.
Comentario: La presente Ley busca impulsar el uso de la bicicleta como medio de transporte, para esto ofrece incentivos a los empleados que decidan hacer uso de la misma, para su desplazamiento hasta su lugar de trabajo, algunos de estos son: días compensatorios remunerados y pasajes gratis en los diferentes sistemas de transporte masivo de la ciudad.
Comentario: Las fiducias de administración y fuentes de pago, no son consideradas como garantías mobiliarias, solo lo serán cuando a través de ellas se garanticen obligaciones u operaciones de crédito.
Comentario: El derecho a la pensión de sobrevivientes debe ser entregada a sus beneficiarios en cumplimiento de la Ley que se encuentre vigente al momento del fallecimiento del afiliado.
Comentario: Una declaración inicial de importación temporal para reexportación en el mismo estado de maquinaria pesada para industrias básicas que no se produzcan en el país pero finaliza cuanto entre en vigencia el Dcto 390 de 2016
Comentario: El embargo de acciones no afecta bajo ningún punto de vista la titularidad de las mismas, como tampoco impone restricción distinta de la libre negociación. En consecuencia, el propietario conserva los derechos como puede ser el de ser convocado, participar en las reuniones del máximo órgano social, deliberar y votar en ellas, salvo el de recibir dividendos.
Comentario: El alquiler de un vehículo blindado no se encuentra consagrado dentro de los servicios de vigilancia y seguridad privada, motivo por el cual no es posible aplicar el IVA sobre AIU quedando sujeto a la tarifa general del 16%.