
“Sí la entidad no utiliza un método de depreciación basado en el uso del activo, como el de unidades producidas, o si el valor de sus activos es igual o inferior a su valor residual, o están totalmente depreciados, entonces procederá a estimar el importe de la depreciación del periodo, conforme al método establecido”.

El importe inicialmente reconocido como activo y pasivo financiero, es el valor razonable del bien arrendado, o el valor presente de los pagos mínimos de arrendamiento, el menor, determinado al inicio del arrendamiento.

No es adecuado que el contador público retenga los libros y soportes de contabilidad de la entidad, situación que podría generarle una investigación por parte del tribunal disciplinario de la Junta Central de Contadores. Otro asunto distinto es el relacionado con el cumplimiento de las obligaciones por parte de quien contrata sus servicios, las cuales se entiende que se incorporan en el contrato.

El responsable de los estados financieros y la presentación de las declaraciones tributarias es la administración de la entidad, sin perjuicio de las obligaciones que deben asumir los contadores públicos en su ejercicio profesional.

El reconocimiento de los recursos recibidos del exterior se realizará dependiendo de lo acordado contractualmente, situación sobre la cual el CTCP no se puede pronunciar dado que desconoce los términos del contrato.

Al reconocerse dentro del patrimonio de la entidad (un débito en al patrimonio), si la sociedad nunca distribuye dividendos a sus accionistas entonces el valor en el patrimonio seguirá por el mismo valor. Cualquier cambio en los rubros del patrimonio se observará en el Estado de Cambios en el Patrimonio de la sociedad

Mediante comunicaciones emitidas al ministerio de comercio, industria y turismo y al ministerio de hacienda y crédito público, dando alcance al oficio del 3 de abril pasado, el consejo técnico de la contaduría pública-CTCP en lineamiento con la preocupación de dichos despachos y el gobierno en general

La partida mencionada cumple los requerimientos para ser reconocida como un pasivo (cuando existe un derecho de reembolso) pero que por disposiciones legales, debe ser incorporada como parte del patrimonio de la entidad.

Cuando las pérdidas acumuladas reduzcan el patrimonio total de la entidad a un valor de $255,6 millones se entenderá cumplido el numeral 7 del artículo 34 de la Ley 1258 de 2008.

Una entidad que aplica las normas de información financiera del Grupo 2, debe reconocer las pérdidas por deterioro como un gasto en el período en el que estas pérdidas hayan sido establecidas. El registro de las pérdidas por deterioro como un menor valor del ingreso, tal como se plantea en su consulta, representa un incumplimiento de los principios de reconocimiento, medición, presentación y revelación de este marco técnico.

Los ingresos recibidos para terceros por lo general representan recursos que han sido recibidos por la copropiedad y que deben ser transferidos a terceros, dichos recursos no cumplen los requisitos para ser reconocidos como ingresos y pueden provenir de diversas fuentes.

El consultante podrá documentar las notas crédito o débito pactadas contractualmente realizadas a los proveedores relacionados con ajustes del valor a pagar por faltantes de mercancías recibidas, productos averiados, vencimiento de facturas, descuentos pactados, entre otros, a través de la elaboración de documentos internos