
¿Existe algún impedimento legal, para que un Contador Público, firme los estados financieros de una sociedad a la cual no pertenece como empleado o contratista?.

La ley no establece una manera predeterminada a través de la cual las sociedades deban vincular a los revisores fiscales, por lo que puede hacerse indistintamente y según convenga a ambas partes.

Un contador público ¿puede prestar sus servicios como contador a un familiar o a la empresa de un familiar sin incurrir en alguna falta disciplinaria en el desarrollo de su profesión?.

Contablemente, el efecto de la disminución de la participación de la participada se reconoce mediante la aplicación del párrafo 9.18 de la NIIF para las PYMES.

En síntesis, para ejercer como contador público en Colombia se requiere de la respectiva inscripción ante la JCC.

Una entidad compensará los activos por impuestos corrientes y los pasivos por impuestos corrientes.

El revisor fiscal suplente al asumir el cargo por ausencia del titular, sea por renuncia ante la asamblea u otro motivo, debe cumplir con todas las funciones propias del cargo.

El marco técnico normativo de información financiera para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha, que se incorpora como Anexo 5 al Decreto 2420 de 2015.

El Contador Público, no puede negarse a certificar y firmar consecuencialmente los estados financieros mientras exista de por medio un contrato, el cual debe cumplir y honrar.

Debe darse cumplimiento a lo establecido en el Decreto 2270 de 2019, compilado en el anexo 6 del Decreto 2420 de 2015, sobre los comprobantes y soportes contables.

Debe tener en cuenta el contenido mínimo de su dictamen, que ordena el artículo 208 del Código de Comercio, respecto de lo cual no están en contravía los asuntos claves a que se hace referencia.