Si un contribuyente del Simple enajena acciones que cotizan en bolsa, poseídas por menos de 2 años, ¿La utilidad será un ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional?
La base gravable mínima de retención por concepto de compras aplica solamente para la retención e impuesto de renta o para otros impuestos tanto nacionales como departamentales y municipales
Este flash informativo ha sido preparado por la Subdirección 2021 de Normativa y Doctrina de la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN
El supuesto materia de análisis parte de la base que se trata de trabajadores que laboraban en el territorio nacional y fueron trasladados al exterior donde adquirieron su residencia para efectos fiscales
“La DIAN informará a las autoridades municipales y distritales, mediante resolución, el listado de los contribuyentes que se acogieron al Simple, así como aquellos que sean inscritos de oficio
Así las cosas, la certificación deberá indicar tanto que el (los) crédito(s) no corresponde(n) a operaciones de endeudamiento garantizados por entidades vinculadas mediante un aval, back- to-back
Por operaciones acumuladas semanalmente que se realicen con un mismo proveedor en las que se adquieran bienes y/o servicios con sujetos no obligados a expedir factura o documento equivalente”
De las normas en cita, se establece de forma expresa que los contribuyentes del Simple no están sujetos a retención en la fuente y tampoco están obligados a practicar retenciones y autorretenciones en la fuente
Con la reexpresión de los estados financieros disminuyendo los costos sería necesario corregir las declaraciones de renta respetando los plazos máximos aplicables para dichas correcciones.
Tratamiento en la generación del reporte del pago o abono en cuenta por concepto de vacaciones
Reconsiderar el Oficio N° 907959 de 2021 al haber desconocido lo antes señalado para en su lugar reiterar que el término “ingresos brutos” para efectos de la periodicidad del IVA del artículo 600 ET.
Valor de la Unidad de Valor Tributario -UVT. Fijar en treinta y ocho mil cuatro pesos ($38.004) el valor de la Unidad de Valor Tributario -UVT, que regirá durante el año 2022.