Certificación estados financieros modificados. Concepto CTCP 213 de 2025

agosto 25, 2025
El documento explica que la firma de un contador público en los estados financieros equivale a certificar que estos fueron elaborados con base en los libros de contabilidad y reflejan de manera razonable la situación financiera de la entidad, otorgando fe pública conforme al artículo 10 de la Ley 43 de 1990 y al artículo 37 de la Ley 222 de 1995. El CTCP aclara que el representante legal y el contador bajo cuya responsabilidad se prepararon deben certificar los estados financieros, pero no se pronuncia sobre quién debe firmar cuando hay cambio de representante legal, ya que esto corresponde a un aspecto jurídico fuera de su competencia.










