DIAN precisa alcance del artículo 580 E.T.: no presentación solo opera con auto declarativo. Concepto DIAN 13128 de 2025

El concepto 013128 de 2025 aclara que las declaraciones con inconsistencias de los literales a) y d) del artículo 580 del E.T. no se tienen por no presentadas de manera automática, pues ello requiere un auto declarativo dentro del término de firmeza del artículo 714. Mientras ese auto no se notifique, la declaración se considera presentada y puede quedar en firme. Además, la corrección de estas inconsistencias puede hacerse dentro de los cinco años en que prescribe la sanción por no declarar, y el término de firmeza no se reinicia con la corrección, sino que sigue las reglas generales del artículo 714.

Reconocimiento de indemnizaciones en copropiedades. Concepto CTCP 276 de 2025

Cuando la aseguradora paga a la copropiedad por cuotas en mora, la deuda del propietario se extingue según los artículos 1625 y 1666 del Código Civil y 1096 del Código de Comercio. No puede causarse nuevamente la obligación ni efectuarse doble cobro. El ingreso se reconoce contra la cuenta por cobrar, y la expedición del paz y salvo depende de la administración, no del CTCP.

Anticipos recibidos de clientes. Concepto CTCP 294 de 2025

Los anticipos de clientes cumplen la definición de pasivo bajo la NIIF para Pymes, pues representan una obligación presente de entregar bienes o prestar servicios. Por tanto, deben reconocerse como pasivo diferido hasta que se cumpla la entrega o el servicio, momento en el cual se reconoce el ingreso. No existe alternativa contable válida que elimine el registro en el pasivo sin afectar la representación fiel.

Terminación vínculo laboral con el Contador – aportes seguridad social. Concepto CTCP 289 de 2025

El CTCP indica que, al finalizar la relación contractual del Contador (sea laboral o por prestación de servicios), debe realizarse un acta de entrega detallando asuntos pendientes. Los pagos de seguridad social asumidos totalmente por la empresa bajo planilla tipo “Y” constituyen un gasto propio, conforme a la NIC 19 o la Sección 28 de la NIIF para Pymes. Cada entidad define su catálogo de cuentas según los principios de reconocimiento, medición y revelación del DUR 2420 de 2015.

DIAN mantiene exención de IVA para despojos de pollo triturados sin aditivos. Concepto DIAN 13275 de 2025

La DIAN aclara que los despojos de pollo que solo se trituran mecánicamente, sin agregar adobos, ingredientes, mezclas o someterlos a cocción, y que se mantienen frescos, refrigerados o congelados, pueden seguir tratándose como bienes exentos de IVA conforme al artículo 477 del ET, siempre que su clasificación arancelaria sea la 02.07. La DIAN recuerda que la exención es de aplicación restrictiva y que cualquier transformación que altere la naturaleza del producto, como adobarlo o mezclarlo, lo saca de la exención.

Artículo 462-1 ET: no todo contrato con cooperativas tiene base especial de IVA. Concepto DIAN 13129 de 2025

La base gravable especial de IVA sobre el AIU del artículo 462-1 del ET no aplica cuando una cooperativa de trabajo asociado contrata servicios profesionales (asesoría financiera, contable, presupuestal o jurídica). La DIAN recuerda que el 462-1 solo permite la tarifa del 16% sobre el AIU cuando la cooperativa es quien presta el servicio de mano de obra, está vigilada por la Supersolidaria y cuenta con registro del Ministerio de Trabajo. Si la cooperativa es solo la destinataria del servicio, o si el servicio no es de mano de obra de los previstos en la norma, la operación se grava con la tarifa general del 19% del artículo 468 del ET.

Reconocimiento de los rendimientos financieros del fondo de imprevistos. Concepto CTCP 270 de 2025

El CTCP concluye que los rendimientos financieros que generen los recursos del fondo de imprevistos en propiedad horizontal deben reconocerse como ingresos en el estado de resultados y no llevarse directamente al patrimonio o a la reserva, porque el marco del Grupo 3 del DUR 2420 de 2015 exige su registro como ingreso; luego la asamblea podrá decidir si esos recursos se reintegran o no al fondo.

Reconocimiento contable del gasto por donaciones y baja del activo por parte del donante conforme al DUR 2420 de 2015. Concepto CTCP 265 de 2025

El CTCP indica que cuando una entidad entrega un bien o dinero en donación, desde la perspectiva del donante debe darse de baja el activo entregado por su valor en libros y reconocer simultáneamente un gasto por donaciones, sin contraprestación. Si el bien estaba depreciándose (propiedad, planta y equipo), se da de baja el costo y la depreciación acumulada; si es inventario o si es dinero, se acredita la cuenta respectiva y se lleva el valor al gasto, aplicando el marco técnico del DUR 2420 de 2015 según el grupo al que pertenezca la entidad.

Determinación de la no procedencia de la exclusión de IVA en servicios de dispersión de efectivo vinculados a pagos electrónicos. Concepto DIAN 13328 de 2025

La DIAN precisa que el servicio de dispersión en efectivo a comercios, realizado por una transportadora de valores y originado en una operación de pago electrónico, no puede ampararse en la exclusión de IVA del numeral 21 del artículo 476 del ET, porque dicha exclusión aplica únicamente para servicios de suministro de páginas web, hosting y computación en la nube, definidos técnicamente en conceptos previos como modelos que permiten acceso bajo demanda a recursos computacionales; por tanto, el transporte físico de dinero es un servicio distinto y debe analizarse de manera separada, sin extenderle el beneficio tributario.

Utilidad contable no se toca: DIAN aclara que diferencias de años anteriores no entran en la fórmula de la TMT. Concepto DIAN 013399 de 2025

El concepto DIAN 013399 int. 1602 del 2 de octubre de 2025 aclara que la Tasa de Tributación Depurada (TMT) del parágrafo 6 del artículo 240 del ET es una fórmula cerrada que solo puede alimentarse con las variables expresamente previstas por la norma, esto es, el Impuesto Depurado y la Utilidad Depurada, partiendo siempre de la utilidad contable determinada bajo los marcos técnicos vigentes (Ley 1314 de 2009 y Decreto 2420 de 2015).

Régimen Simple 2025: la extemporaneidad se liquida con los artículos 641 y 642 del ET, sin excepciones. Concepto DIAN 13272 de 2025

El concepto DIAN 013272 int. 1550 del 1 de octubre de 2025 precisa que la declaración anual consolidada del RST, prevista en el artículo 910 del ET, cuando se presenta por fuera del plazo oficial, sí está sometida a la sanción por extemporaneidad de los artículos 641 o 642 del ET, según corresponda. La entidad recuerda que el RST no está exonerado del régimen sancionatorio general y que la doctrina que había señalado que no procede la sanción por no declarar en el SIMPLE (art. 643) no puede extenderse a los casos de presentación tardía, porque aquí sí existe una norma expresa que obliga a declarar dentro del plazo. Incluso trae el instructivo del formulario 260 para mostrar cómo debe autoliquidarse la sanción y cómo se distribuye entre el componente nacional y el territorial.

Beneficios tributarios por energías limpias siguen vigentes tras reemplazo de equipos. Concepto DIAN 13383 de 2025

El concepto 013383 de 2025 emitido por la DIAN ratifica que los contribuyentes que sustituyan equipos certificados por la UPME en proyectos de energías renovables continúan amparados por los incentivos de la Ley 1715 de 2014. La autoridad tributaria reiteró que la UPME es la única entidad competente para certificar y modificar los proyectos de generación con fuentes no convencionales y gestión eficiente de la energía, bajo las condiciones técnicas previstas en la Resolución 000135 de 2025.