DIAN confirma: el PNUD sí paga impuesto de timbre en Colombia. Concepto DIAN 15504 de 2025

El PNUD no está exento del impuesto de timbre nacional, ya que la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas solo lo libera de contribuciones directas sobre sus bienes e ingresos y no de tributos indirectos como el timbre, cuyo hecho generador es puramente documental. La DIAN reitera que los documentos o contratos suscritos por el PNUD en Colombia se encuentran gravados cuando superan el umbral del artículo 519 del ET, salvo cuando hagan parte de proyectos de cooperación internacional registrados ante APC-Colombia y certificados como programas de utilidad común, caso en el cual aplica la exención del artículo 96 de la Ley 788 de 2002.

Impuesto a plásticos de un solo uso se amplía a todas las importaciones: efecto inmediato de la Sentencia C-099. Concepto DIAN 15493 de 2025

La DIAN aclara los efectos tributarios de la Sentencia C-099 de 2025, que declaró inexequible la expresión “para consumo propio” del artículo 51 de la Ley 2277 de 2022, eliminando la restricción del hecho generador del impuesto a los plásticos de un solo uso en importaciones. Desde el 25 de julio de 2025, el impuesto se causa sobre todas las importaciones de productos plásticos destinados a envasar, embalar o empacar bienes, incluidos aquellos que ingresan como parte del empaque de los productos importados. La base gravable recae exclusivamente sobre el material plástico y no sobre su contenido, y la DIAN prepara reglamentación para definir el procedimiento de liquidación.

Ajustes por cambios de políticas y errores contables, NIIF. Concepto CTCP 290 de 2025

El CTCP señala que las diferencias entre el inventario físico y el valor contable de activos constituyen errores de periodos anteriores que deben corregirse mediante aplicación retrospectiva, siempre bajo autorización expresa de la SAE cuando se trate de entidades administradas por esta, aclarando que la decisión sobre baja de activos recae exclusivamente en dicha autoridad y no en el mandatario designado.

Actuación del R.F. (Principal y suplente), dictamen de EEFF re-expresados. Concepto CTCP 295 de 2025

El CTCP concluye que la reexpresión de estados financieros por corrección de errores debe ser dictaminada por el Revisor Fiscal vigente al momento de la reexpresión, no por quien ejercía el cargo en el periodo original; además, enfatiza que el suplente solo puede actuar ante ausencia debidamente soportada del titular, y que los dictámenes emitidos por un Revisor Fiscal con nombramiento inscrito mantienen validez mientras no exista decisión judicial en contrario.

Reservas patrimoniales en ESAL sector Solidario. Concepto CTCP 314 de 2025

Esal
El CTCP aclara que, aunque la mayoría de las ESAL no están obligadas legalmente a constituir reservas patrimoniales, las entidades del sector solidario —como cooperativas, fondos de empleados y asociaciones mutuales— sí deben mantenerlas conforme a regímenes especiales como la Ley 79 de 1988, la Ley 2143 de 2021 y la Ley 2496 de 2025, que imponen reservas obligatorias para proteger los aportes sociales y garantizar la sostenibilidad financiera de estas organizaciones.

DIAN avala exención de IVA para servicios turísticos pagados por empresas — Concepto 014767 de 2025

El concepto DIAN 014767 de 2025 confirma que la exención del IVA prevista en el literal d) del artículo 481 del ET sí aplica cuando una persona jurídica contrata servicios turísticos para que sean disfrutados por un no residente, siempre que el beneficiario acredite su condición de no residente y el prestador cumpla las exigencias reglamentarias. La DIAN aclara que la exención no depende de quién pague el servicio, sino del estatus del usuario extranjero y del cumplimiento estricto de los soportes migratorios y formales requeridos.

Contrato de aprendizaje se convierte en vínculo laboral especial y exige DSNE — Concepto DIAN 017232 de 2025

El concepto DIAN 017232 de 2025 aclara que, tras la entrada en vigor de la Ley 2466 de 2025, el contrato de aprendizaje adquiere naturaleza laboral especial, lo que obliga a las empresas a soportar todos los pagos derivados de esta relación mediante el Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica (DSNE) para efectos de costos y deducciones en renta. La DIAN modifica así el descriptor 4.2.3.6 del Concepto 911428 de 2022, confirmando que los contratos de aprendizaje deben ser reportados como nómina electrónica al constituir un verdadero vínculo laboral.

Revisoría fiscal marca la frontera: cuándo sí aplica el requisito de socios contadores. Concepto CTCP 301 de 2025

El CTCP precisó que la exigencia del artículo 4 de la Ley 43 de 1990 —según la cual el 80% de los socios deben ser Contadores públicos— solo aplica a las Sociedades de Contadores Públicos. Las entidades que presten servicios contables inscritas bajo otras formas societarias, como las SAS, no están sujetas a esta restricción, salvo cuando su objeto incluya servicios de revisoría fiscal, auditoría o aseguramiento. La aclaración se fundamenta en la Resolución D-0035-2024 de la Junta Central de Contadores y en la jurisprudencia de la Sentencia C-530 de 2000.

Así cambia el alcance sancionatorio y preventivo del Ministerio del Trabajo. Resolución 4180 de 2025 Mintrabajo

La Resolución 4180 de 2025 implementa el nuevo modelo de reenfoque de inspección laboral denominado “Una Inspección con Propósito”, que incorpora de manera obligatoria el enfoque diferencial y de género en todas las actuaciones de inspección, vigilancia y control. El Ministerio del Trabajo establece que todo el equipo inspector —incluido el Grupo Élite— deberá realizar visitas, investigaciones, medidas preventivas y acciones de protección bajo criterios de igualdad, interseccionalidad y debida diligencia reforzada. La norma fortalece la capacidad sancionatoria, preventiva y protectora del Estado y deroga la Resolución 4607 de 2022.

Cinco ejes para un nuevo modelo de vigilancia laboral: así cambia la inspección en Colombia. Resolución 4179 de 2025 Mintrabajo

La Resolución 4179 no solo introduce el reenfoque de inspección, sino que crea formalmente el modelo “Una Inspección con Propósito”, actuando como su base conceptual y metodológica*, mientras que la Resolución 4180 únicamente lo implementa. La 4179 desarrolla una arquitectura completa de la inspección laboral, estructurando un marco conceptual robusto: define principios como indubio pro-operario, violencia laboral, violencia basada en género, edadismo, xenofobia, capacitismo y racismo, lo cual no aparece en la 4180.

Reconocimiento del contrato de aprendizaje como empleo directo en ZESE. Concepto DIAN 15505 de 2025

El concepto DIAN 015505 de 2025 confirma que el tiempo de contratación de aprendices del SENA —tanto en etapa lectiva como práctica— puede contabilizarse como empleo directo o aumento de empleo directo para efectos del régimen ZESE, siempre que se cumpla con las exigencias del artículo 81 del Código Sustantivo del Trabajo y la vinculación sea a tiempo completo. La DIAN aclara que el contrato de aprendizaje, tras la reforma laboral de la Ley 2466 de 2025, es un contrato laboral especial y, por tanto, integra la base de empleos requeridos en el artículo 268 de la Ley 1955 de 2019 y el artículo 1.2.1.23.2.1 del Decreto 1625 de 2016.

Valores devengados y deducidos deben reportarse íntegros en el DSNE, sin excepciones. Concepto DIAN 14745 de 2025

La DIAN precisa que el documento soporte de pago de nómina electrónica (DSNE) debe entenderse como un soporte integral del gasto laboral, por lo que la deducción fiscal en renta no se limita al valor neto pagado, sino a la totalidad de los valores devengados y deducidos validados en el documento. Los valores deducidos deben incluir todos los conceptos detraídos, independientemente de si reducen o no el gasto del empleador, y el DSNE no puede contener valores negativos, pues solo se reconocen fiscalmente los gastos laborales ciertos, devengados y exigibles conforme al artículo 105 del ET y a las reglas de la Resolución 227 de 2025.