Corrección atemporal de autorretenciones en la declaración de renta de personas jurídicas - Concepto DIAN 2322 de 2026

marzo 24, 2026
El renglón de autorretenciones del formulario 110 puede corregirse mediante el procedimiento especial del artículo 43 de la Ley 962 de 2005, incluso cuando la modificación aumente el saldo a favor o disminuya el valor a pagar, por tratarse de una fuente de pago anticipado del impuesto y no de un elemento que altere la determinación del tributo. En ese sentido, la corrección puede solicitarse en cualquier tiempo y sin sanción, incluida la de inexactitud del artículo 647 del ET, sin que ello implique reabrir la firmeza de la declaración; no obstante, antes de que opere dicha firmeza, la DIAN conserva sus facultades de fiscalización para verificar la procedencia de la corrección y establecer, si hay lugar, las inexactitudes previstas en los artículos 647 y 648 del ET.









