(Renta) Sentencia 19895. Ingresos por conceptos de cuotas de afiliación, son considerados ingresos constitutivos de renta.

Reforma
Comentario: Los ingresos recibidos por conceptos de cuotas ordinarias y extraordinarias, por parte de los socios de un club, son considerados como ingresos gravables, ya que la percepción de estos, aumentan el patrimonio de la sociedad; los mismos no pueden ser considerados como un activo, ya que están siendo recibidos de manera monetaria y en contraprestación por un servicio recibido de parte del Club; de acuerdo a lo anterior la Sala consideró que estos aportes deben ser considerados como ingresos tanto contables como fiscales; y la no declaración de los mismos, en las declaraciones tributarias correspondientes, da lugar a sanción por inexactitud.
linkedin facebook pinterest youtube rss twitter instagram facebook-blank rss-blank linkedin-blank pinterest youtube twitter instagram