Resumen: El único profesional puede actuar como perito contable, es el Contador Público de acuerdo con la Ley 43 de 1990 y quien determinará los procedimientos a realizar y el alcance que tendrán los informes
Resumen: En conclusión, por encuadrarse dentro de la categoría de servicios las funciones desarrolladas por un administrador de propiedad horizontal, la tarifa de retención aplicable en lo relativo al Impuesto sobre la Renta y Complementarios, será del 4% sobre el respectivo pago o abono en cuenta.
Resumen: Para determinar la forma adecuada de contabilización de los convenios de asociación es fundamental que se establezcan los derechos y obligaciones que se incorporan en el acuerdo.
Resumen: Los rendimientos de los activos financieros (inversiones en cartera colectiva y CDT) deben registrarse incrementando el valor del activo y reconociendo un ingreso en el estado de resultados. No es adecuado registrar los rendimientos financieros como un ajuste contra el patrimonio ni presentarlos como parte del otro resultado integral.
Resumen: Cuando una entidad mida sus inversiones al costo menos deterioro, el importe de las distribuciones de dividendos o participaciones en especie se reconoce incrementando el valor de la inversión y reconociendo un ingreso en el estado de resultados. Esto no aplica, cuando la entidad mida sus inversiones al valor razonable o por el método de […]
Resumen: No es responsabilidad de la Asamblea de Copropietarios aprobar las políticas contables de una copropiedad, pero esto no significa que ella no pueda ser informada sobre ellas, las cuales, se entiende, que cumplen los requerimientos del marco de información financiera aplicado por la copropiedad. La responsabilidad es de la administración de la copropiedad.
Resumen: Las copropiedades están obligadas a llevar contabilidad de acuerdo a la Ley 675/2001. Cuando un preparador o Usuario haga mención a la norma de información financiera que aplican las entidades clasificadas en el Grupo 3 es más adecuado referirse a un marco de principios simplificado y no a las normas internacionales de información financiera. Es […]
Resumen: Los conceptos 2017-582; 2016-962; 2016-806; 2016-557 y 2016-557, emitidos por el CTCP se refieren al uso del modelo de revaluación por parte de una entidad clasificada en el Grupo 2.
Resumen: El contador público es responsable de la verificación de las afirmaciones implícitas o explicitas contenidas en los documentos que haya firmado con su número de tarjeta profesional.