
El Contador Público rehusará la prestación de sus servicios para actos que sean contrarios a la moral y a la ética

Las normas de control interno de la entidad son las que deben establecer los obligados a firmar cada comprobante o soporte

El Revisor fiscal debe seguir realizando sus obligaciones, entre otras, la firma de las declaraciones tributarias relacionados con el año anterior, conforme a los acuerdos pactados en el contrato

Una vez se adopte el nuevo marco técnico normativo se hace necesario en primera medida revelar en sus nuevos Estados Financieros

El principal objetivo de la información financiera que sea útil para los usuarios para que les sea de apoyo fundamental en la toma de decisiones

La normatividad colombiana mediante la Ley 1314 de 2009, ha establecido que los marcos técnicos normativos son aplicables a todo tipo de entidades obligadas a llevar contabilidad

Una entidad elaborará sus estados financieros, excepto en lo relacionado con la información sobre flujos de efectivo, utilizando la base contable de acumulación (o devengo)

La ley no establece la periodicidad con la cual se debe pronunciar el revisor fiscal sobre los programas de transparencia y de ética profesional.

Es el máximo organismo social, es decir, la asamblea general de accionistas, es la encargada de disponer de las utilidades de la entidad.

Se entiende que es potestad de cada entidad definir su propio catálogo de cuentas, con fundamento en los requerimientos de reconocimiento, medición, presentación y revelación.

Un proyecto de distribución de utilidades repartibles con la deducción de la suma calculada para el pago del impuesto sobre la renta y sus complementarios por el correspondiente ejercicio gravable.

Los conjuntos de uso comercial o mixto estarán obligados a contar con Revisor Fiscal, contador público titulado