Por regla general, los servicios que generen ingresos de fuente colombiana, así como los servicios de consultoría, servicios técnicos y de asistencia técnica prestados por personas no residentes o no domiciliadas en Colombia están sujetos a retención en la fuente, de conformidad con los artículos 24 y 408 del Estatuto Tributario.
Tema Impuesto sobre la renta y complementarios Descriptores Impuesto Sobre la Renta y Complementarios Rentas Liquidas Especiales Fuentes formales Ganancia Ocasional Arts. 196 y 300 del Estatuto Tributario De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 es función de esta Subdirección absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y […]
Es posible confirmar que para el caso de análisis habría lugar a practicar la retención en la fuente establecida en el artículo 242-1 del E.T., ya que los dividendos serán distribuidos en 2019 a sociedades nacionales, así estos se repartan con cargo a utilidades generadas antes del 31 de diciembre de 2016.
OFICIO Nº 1708 [028030] 28-09-2018 DIAN Ref: Radicado 100043915 del 31/07/2018 De conformidad con lo previsto por el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 es función de esta Subdirección absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de […]
OFICIO Nº 001826 17-10-2018 DIAN Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina 100208221 001826 Bogotá, D.C. De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 este despacho está facultado para absolver de manera general las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras o de comercio exterior […]
FICIO Nº 020981 23-08-2019 DIAN Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D.C. 100208221– 002049 Ref: Radicado 100056038 del 31/07/2019 y 100059296 del 08/08/2019 Tema Impuesto al Patrimonio Descriptores Impuesto al Patrimonio – Base Gravable Fuentes formales Ley 1943 de 2018 artículos 36 y 37 Estatuto Tributario artículos 294-2 y 295-2 y 297-2 De conformidad con lo preceptuado en el artículo […]
Los ingresos, costos y gastos devengados por estos instrumentos, no serán objeto del Impuesto sobre la Renta y Complementarios, sino hasta el momento de su enajenación o liquidación, lo que suceda primero.
Si bien esta norma, determina el porcentaje que se concede por este beneficio tributario, se debe destacar que dicho descuento se asocia al impuesto sobre la renta y su cálculo se liga a las utilidades que genere la venta de los productos objeto de esta normatividad, mientras que el requisito exigido a las pequeñas y medianas empresas que buscan acceder a este estímulo
Tema Impuesto sobre la renta y complementarios Impuesto sobre las ventas Descriptores Aspectos tributarios en los procesos de insolvencia Fuentes formales Decreto Legislativo 560 de 2020 De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para determinar y mantener la unidad doctrinal en la interpretación de normas tributarias, en […]
Es deducible el cien por ciento (100%) de los impuestos, tasas y contribuciones, que efectivamente se hayan pagado durante el año o período gravable por parte del contribuyente, que tengan relación de causalidad con su actividad económica, con excepción del impuesto sobre la renta y complementarios.
La presente doctrina se emite en consideración a los cambios que introdujo el Decreto Ley 2106 de 2019, mediante el cual se estableció que las donaciones efectuadas por una entidad del régimen tributario especial del impuesto sobre la renta a otra entidad del mismo régimen pueden ser reconocidas como egreso procedente.
Tema Impuesto sobre la Renta y Complementarios Descriptores Deducción por salarios y prestaciones sociales de contratos con aprendices del SENA Fuentes formales Artículo 189 de la Ley 115 de 1994 y artículo 30 de la Ley 789 de 2002 De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, por el cual se modifica […]