(J. Orlando Corredor Alejo) No va más impuesto al consumo de inmuebles

Mediante sentencia C-539 de diciembre 5 del presente año la Corte ha encontrado que el cobro del INC sobre bienes inmuebles es inexequible. La decisión se toma siguiendo el lineamiento general de este tipo de sentencias, es decir, sin modulación ni efecto alguno, de manera que las escrituras de enajenación de bienes inmuebles que se tramiten a partir de esta fecha ya no deben liquidar el citado impuesto
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