El término para solicitar la devolución por pagos en exceso no es de (2) dos años es de (5) cinco según el artículo 2536 del Código Civil.

La existencia del derecho para el contribuyente y obligación para la administración, se presumen por estar contenidas en un documento que, como lo ha sostenido la Sala, puede ser una declaración tributaria, un acto administrativo o una providencia judicial Ahora, si se considera la solicitud de devolución o compensación de pagos de impuestos en exceso, una acción ejecutiva, es válida la remisión que hace el decreto reglamentario acusado a la regla general de prescripción del Código Civil precisamente para este tipo de acciones, la cual es hoy de cinco años.

Sentencia de 23 de febrero de 2012. Exp. 05001-23-31-000-2001-00557-01(18185) MP. MARTHA TERESA BRICEÑO DE VALENCIA. Acción de nulidad y restablecimiento del derecho

DEVOLUCION O COMPENSACION DE IVA – Tiene derecho a solicitarlo quienes adquieren materiales para la construcción de vivienda de interés social / INTERESES A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE – Se aplica a los procedimiento relacionados con el reintegro del iva por la adquisición de materiales para la construcción de vivienda de interés social

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