Por medio del cual se reglamenta el numeral 13 del artículo 424 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 1 de la Ley 1943 de 2018, y se sustituye el artículo 1.3. 1. 12. 14. del capítulo 12 del título 1 de la parte 3 del libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los números 11 y 20 del artículo 189 de la constitución política y en desarrollo de los artículos 555-2 y 903 al 914 del E.T
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y en desarrollo del artículo 107-2 del Estatuto Tributario, y
Que se requiere prescribir unos formularios para el cumplimiento de las obligaciones tributarias a cargo de los contribuyentes y responsables, para el año 2019, de los impuestos administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN);
IRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Oficio N° 018148 15-03-2012 Ref: Consulta radicada bajo el número 09171 de 10/10/2011 Tema Impuesto sobre la renta y complementarios. Descriptores Deducción impuestos pagados Fuentes formales Estatuto Tributario, art. 115 De acuerdo con lo establecido por el artículo 19 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 de […]
La supresión del reajuste de pérdidas fiscales no cobija las pérdidas causadas y no compensadas antes de la entrada en vigencia de la ley 1819 de 2016. inhibición parcial por ineptitud de algunos de los cargos de la demanda
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, modificado por el artículo 10 del Decreto 1321 de 2011, es función de esta Subdirección absolver las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales, en materia aduanera o de comercio exterior, en lo de competencia de la UAE-DIAN
De conformidad con el artículo 20 del Decreto número 4048 de 2008 este despacho está facultado para absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras o de comercio exterior y control cambiario en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, modificado por el artículo 10 del Decreto 1321 de 2011, es función de esta Subdirección absolver las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales, en materia aduanera o de comercio exterior, en lo de competencia de la UAE-DIAN.
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 es función de la Subdirección de Gestión de Normativa y Doctrina absolver de modo general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de esta entidad.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- (Procedimiento tributario, firmeza de las declaraciones tributarias).
Alcaldía mayor de Bogotá D.C (impuestos, Bogotá, aplicación en materia tributaria).