Contingencia especial en la facturación electrónica de venta con validación previa de los bienes cubiertos, con la exención en el impuesto sobre las ventas -IVA en los “días sin IVA” para el año 2022.
Reconsiderar el Oficio N° 907959 de 2021 al haber desconocido lo antes señalado para en su lugar reiterar que el término “ingresos brutos” para efectos de la periodicidad del IVA del artículo 600 ET.
Se deberá realizar la correspondiente inscripción en el libro de registro de accionistas quedando como accionista el fiduciario como vocero del patrimonio autónomo
Por la cual se modifica el artículo 1 de la resolución 00151 de 2021 y se establece un plazo especial para la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica
Documento soporte de pago de nómina electrónica Requisitos y periodicidad
Así las cosas, la expedición de la factura electrónica de venta debe hacerse por cada operación de venta de bienes o prestación de servicios, al momento de efectuarse la operación respectiva
Se fijan Los días de exención del impuesto sobre las ventas -IVA para el año 2022 para los bienes cubiertos de que tratan los artículos 37, 38 Y 39 de la Ley 2155 de 2021
El Art.429 ET. dispone que el IVA se causa en los servicios “en la fecha de emisión de la factura o documento equivalente, o en la fecha de terminación de los servicios o del pago o abono en cuenta"
Lineamiento del Ministerio de trabajo para la contratación con los trabajadores del servicio doméstico.
Criterios de la determinación del primer empleo Art. 88 de ley 2010 de 2019.
Tema Obligación de expedir factura de venta o documento equivalente. Descriptores Operaciones que deben facturarse. Fuentes formales Artículos 615, 616-1 y 616-2 del Estatuto Tributario Artículos 1.6.1.4.1, 1.6.1.4.4, 1.6.1.4.5 del Decreto 1625 de 2016 Resolución 000042 de 2020 De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, este Despacho está facultado para […]
Identificación de los ingresos, costos y gastos asociados a la actividad cobijada con la renta exenta de que trata el numeral 2º del artículo 235-2 del Estatuto Tributario