Comentario:El Consejo Técnico da su punto de vista al establecer que la normatividad vigente teniendo en cuenta los nuevos marcos técnicos no exige que la certificación de dividendos en el contexto del grupo 2, sea firmada por el Revisor Fiscal.
Comentario: En el proceso de conversión a NIIF, la compañía controladora deberá registrar en su contabilidad, los movimientos patrimoniales resultantes en las subsidiarias por efectos de adopción de NIIF; como un superávit por método de participación, en el porcentaje que le corresponda.