(NIIF) Concepto 661. Utilidades (SIC) en copropiedades.
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Comentario: El Consejo Técnico la normatividad vigente establece que el cruce de ingresos y gastos en la copropiedad pueden arrojar como resultado excedentes los cuales formaran parte integral del patrimonio, sin que sea posible distribuir excedentes ya que no se trata de una figura comercial, por lo tanto se deberán apropiar para el mantenimiento, reparación, construcción o fabricación de bienes comunes.