
Acuso recibo de la consulta sobre la posibilidad de reversar o dejar sin efectos la capitalización de una sociedad, que se sirvió formular mediante la comunicación radicada bajo el No. 2019-02-001633 del 31 de enero de 2019, la cual procede atender en su orden, conforme al artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es decir, en ejercicio de una competencia impersonal, general y abstracta, en los términos que se describen a continuación.

Acuso recibo de la consulta sobre la posibilidad de reversar o dejar sin efectos la capitalización de una sociedad, que se sirvió formular mediante la comunicación radicada bajo el No. 2019-02-001633 del 31 de enero de 2019, la cual procede atender en su orden, conforme al artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es decir, en ejercicio de una competencia impersonal, general y abstracta, en los términos que se describen a continuación.

Acuso Aviso recibo de su escrito el cual fue trasladado por competencia a esta Entidad por parte del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en el cual formula consulta relativa al siguiente contexto, así:

Acuso recibo de su comunicación radicada bajo el número citado, mediante la cual solicita el concepto de esta Entidad en torno al Régimen de Matrices y Subordinadas en sociedades de familia.

Me remito a su comunicación radicada por la WEBMASTER de esta Superintendencia bajo el número de radicado 2018-01-490128, mediante la cual se solicita concepto sobre lo que se menciona a continuación

Me refiero a su consulta de fecha 5 de febrero de 2019, con el radicado de la referencia por medio de la cual Usted, solicita un concepto sobre los siguientes puntos

Aviso recibo de la consulta sobre el plazo en el autofinanciamiento comercial, que se sirvió formular mediante la comunicación radicada bajo el No. 2018-01-531647 del 3 de diciembre de 2018, la cual procede atender en su orden, conforme al artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es decir, en ejercicio de una competencia impersonal, general y abstracta, como se refiere a continuación.

Me refiero a la comunicación radicada por conducto de la Superintendencia de Industria y Comercio, bajo el número 2018-01-542832, en la que solicita información acerca del trámite a realizar en el momento de liquidar una sociedad S.A.S la cual se encuentra en disolución de acuerdo con la Ley 1727 de 2014

Me remito a su comunicación radicada por la WEBMASTER de esta Superintendencia bajo el número de radicado 2018-01-539003 en fecha de 7 de diciembre de 2018, y mediante la cual se solicita concepto, sobre los siguientes aspectos:

Me remito a su comunicación radicada por la WEBMASTER de esta Superintendencia bajo el número de radicado 2018-01-540532 en fecha de 10 de diciembre de 2018, y mediante la cual se solicita concepto, en relación con una SAS que se encuentra en causal de disolución por pérdidas

Aviso recibo de la consulta sobre la transformación de una sociedad en comandita luego del fallecimiento de un socio gestor, que se sirvió formular mediante la comunicación radicada bajo el No. 2018-01-538607 del 7 de diciembre de 2018, la cual procede atender en su orden, conforme al artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es decir, en ejercicio de una competencia impersonal, general y abstracta, como se refiere a continuación.