La Corte Constitucional declaro inexequible el art. 163 de la reforma tributaria año 2012 por resultar desproporcionada y violatoria del principio de equidad, ya que para la corte las personas que cumplen con la presentación de los impuestos estarían en clara desventaja frente a las personas que utilizan estos mecanismos para la legalización de sus patrimonios.
(Gustavo Adolfo López Díaz) La pasada Reforma Tributaria creó el impuesto nacional al consumo, con el ánimo de disminuir las tarifas que tenía el impuesto a las ventas IVA y parte de éste último se convirtió en impuesto nacional al consumo en algunos bienes y servicios, pero en otros servicios redujo tarifa de IVA a la mitad y la trasladó al nuevo impuesto.
(Gustavo Adolfo López Díaz) Ante el Congreso de la República se ha presentado para discusión el proyecto de ley “Por medio del cual se adoptan instrumentos para prevenir, controlar y sancionar la competencia desleal derivada de operaciones ilegales de comercio exterior, comercio interno, lavado de activos y evasión fiscal”[1], en el que nuevamente el país piensa en la revisoría fiscal como instrumento de orden público.