Contrapartida Pontificia Universidad Javeriana
De Computationis Jure Opiniones
Número 823, Noviembre 25 de 2013

Tres decretos y siete pronunciamientos del Consejo Técnico de la Contaduría Pública son ya material para la investigación científica.

Por razón de sus intereses y necesidades, no es probable que los preparadores de información emprendan una reflexión científica sobre el proceso adelantado. Tampoco es probable que las autoridades gubernamentales lleven a cabo tal investigación. Lo más probable es que ellas cierren filas en la aplicación de las normas expedidas. Es poco probable que dicha tarea la acometan los contadores individualmente considerados y sus organizaciones profesionales. En cambio, como ya lo hemos planteado repetidamente, es deber de la academia contable analizar científicamente lo hecho y pronunciarse sobre el particular.

Mientras aquí todo lo tenemos por estudiar, analizar, comentar, aplaudir y censurar, en Europa la pregunta es cómo influir más sobre Iasb. Recientemente se ha publicado el concepto SHOULD IFRS STANDARDS BE MORE “EUROPEAN”? Mission to reinforce the EU’s contribution to the development of international accounting standards Report by Philippe MAYSTADT – October 2013.

El punto fundamental es que las normas deben convenir específicamente a un pueblo, en nuestro caso el colombiano. La cuestión es que hay que tener una voz fuerte dentro del proceso de formación de los estándares por parte de Iasb. Una voz fuerte se identifica porque es influyente en las decisiones finales. Hay quienes piensan que la cuestión está perdida.

Que Colombia es un país sin la capacidad de influir en Iasb. Hay quienes piensan que la única forma de influir es a través del Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera – Glenif. Así las cosas el Glenif es otro objeto de investigación científica. A la final la cuestión es si el sistema y la información producida con observancia en él son capaces de promover la productividad, la competitividad y el desarrollo armónico de la actividad empresarial de las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, como lo espera el artículo 1° de la Ley 1314 de 2009.

No se trata meramente de cumplir obligaciones legales, ni solamente de hacerse a ventajas técnicas. Se trata de lograr beneficios económicos tangibles, tal como se postula de los sistemas de información concebidos para apoyar la toma de decisiones empresariales. Beneficios económicos de tan gran envergadura, que harán que los costos en personal y en tecnología sean vistos como una verdadera inversión y no como erogaciones inevitables. En esto va comprometido el prestigio de los contadores. A “trancas y a mochas” se les pagará y se modificarán los sistemas de información tras la promesa de beneficios. Si estos se obtienen la profesión contable aumentará su prestigio social y si no se obtienen sobrevendrá un desprestigio. Por tanto la apuesta no es solo a reproducir a Iasb.

Hernando Bermúdez Gómez 

Contrapartida Pontificia Universidad Javeriana
Número 823, Noviembre 25 de 2013