Para llegar a la base fiscal desde NIIF tanto en renta como en patrimonio no es algo sencillo por cuanto no se tienen los antecedentes de ejercicios anteriores de cuáles serían los ajustes a realizar y adicionalmente habría que partir de un patrimonio fiscal previamente conciliado con la nueva política NIIF al 1 de enero de 2017.

Para algunas empresas les resulta útil mantener la contabilidad bajo norma local y determinar si dichas bases fiscales cumplen con los presupuestos establecidos en la Ley 1819 de 2016 como punto de partida. Algunos cambios sutiles habría que modificar dicha normativa local, como por ejemplo que los cargos diferidos a partir de 2017 estarían bajo una nueva modalidad fiscal de amortización a cinco años y en línea recta y que ya no se permite el modelo de reducción de saldos ni para los cargos diferidos ni para los intangibles.

Entre no tener nada y mantener un registro con base en lo que anteriormente llamábamos norma local o como referencia principal el DR 2649/93, del cual se tendrían que realizar algunos retoques de actualización con nuevas reglas fiscales como la que mencionamos de las amortizaciones por reducción de saldos que permitía hasta diciembre 31 de 2016 el antiguo artículo 143 del Estatuto Tributario.

Sería una contabilidad (bajo norma local) que se llevaría en simultáneo con la de NIIF con cualquiera de las tecnologías disponibles multipropósito tales como multicuenta, multilibro o “leadger” como lo utilizan algunos ERP, que facilitaría establecer algunos cómputos complejos como los casos de depreciación de propiedad planta y equipos, propiedades de inversión, activos no corrientes mantenidos para la venta, entre otros adquiridos hasta Diciembre 31 de 2016, amortizaciones fiscales diferentes o que no existen bajo NIIF como los cargos diferidos o activos bajo leasing a Diciembre 31 de 2016.

No sería exactamente la contabilidad fiscal dicha contabilidad bajo norma local pero si permitiría identificar en dos etapas las variaciones que explican desde NIIF la base fiscal: KNIIF – K LOCAL – K FISCAL, donde K simboliza el patrimonio que es igual a ACTIVOS – PASIVOS.

La actual propuesta de reglamento en discusión sobre los sistemas de información que cada entidad deberá diseñar para explicar las diferencias entre lo contable y lo fiscal, donde el reporte final de conciliación no es otra cosa que las cifras contenidas en la declaración de renta y complementarios, no es algo sencillo como lo ilustramos en artículos anteriores.

Las bases fiscales contenidas en la declaración de renta, incluiría no menos de 750 diferencias posibles con la contabilidad NIIF, de las cuales algunas están expresamente determinadas en la Ley 1819 de 2016 pero las más difíciles quedarían insertadas cuando no existan reglas específicas fiscales.

Cordialmente,

GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO
Columnista Vanguardia Liberal
Tax Partner – Baker Tilly
E-mail: [email protected]
Bucaramanga, 11 de Octubre de 2017

(Gabriel Vasquez Tristancho) Planeación cierre contable y fiscal 2017 (I)

(Gabriel Vasquez Tristancho) Planeación cierre contable y fiscal 2017 (III)

(Gabriel Vasquez Tristancho) Planeación cierre contable y fiscal 2017 (IV)