agosto 6, 2025
El documento relata el desenlace del caso sobre el ICA en Yopal, en el que el Consejo de Estado, mediante sentencia del 24 de julio de 2025, negó la procedencia de una acción de tutela interpuesta por el municipio contra la nulidad del artículo 18 del Acuerdo 022 de 2021, que había fijado una tarifa del 20 x 1.000 para el sector financiero. La decisión concluyó que no hubo defecto sustantivo, pues la ley solo permite igualar la tarifa de Bogotá (14 x 1.000) y no incrementarla sin justificación. Aunque el fallo se considera jurídicamente acertado, su impacto práctico es nulo, ya que el Concejo Municipal ya había expedido el Acuerdo 026 de 2024 con la tarifa reducida, quedando solo pendiente que la Corte Constitucional decida si revisa el caso.