agosto 28, 2025
La discusión sobre la tributación mínima frente a contribuyentes con pérdidas ha girado en torno al concepto de “utilidad contable” del artículo 240 del ET. La DIAN, en el Concepto 006038 de 2024, sostuvo que esta utilidad corresponde al resultado del estado de resultados, sea ganancia o pérdida, mientras que el CTCP precisó que utilidad es solo resultado positivo. El Consejo de Estado inicialmente suspendió la doctrina de la DIAN, pero luego revocó esa medida con base en la Sentencia C-488 de 2024 de la Corte Constitucional, que asimiló utilidad contable a ganancia o pérdida según las NIIF. En consecuencia, hoy sigue vigente la doctrina oficial de la DIAN, aunque el proceso de fondo aún está pendiente y deberá resolver la diferencia técnica entre utilidad y pérdida.