El Revisor Fiscal puede registrar su renuncia ante la entidad correspondiente si la asamblea no la acepta y han transcurrido 30 días sin que la administración la informe.
Si la sociedad ha consolidado una situación jurídica y continúa cumpliendo los requisitos previstos en la normativa, podrá seguir accediendo al beneficio tributario.
El socio gestor trasladará la retención practicada por terceros de manera proporcional a los partícipes ocultos a través del certificado que contiene la información financiera y fiscal.
La normativa tributaria y la doctrina vigente son claras al establecer que la obligación de facturar corresponde a quien presta el servicio o vende los bienes.
La deducción por dependientes económicos procede en relación con los padres y hermanos del contribuyente, sin que haya lugar a distinción por su nacionalidad o domicilio.