marzo 12, 2025
La DIAN, mediante el Concepto 002704 de 2025, aclaró que la sanción por no declarar establecida en el artículo 643 del Estatuto Tributario no es aplicable a la omisión en la presentación de la declaración anual del Régimen Simple de Tributación (SIMPLE). No obstante, la Administración Tributaria sí puede proferir una liquidación de aforo para determinar la obligación tributaria de los contribuyentes omisos, sin que esto implique la imposición de sanciones por no declarar.