Por el cual se modifican y adicionan unos artículos de la Sección 2 del Capítulo 13 Título 1 Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria
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(Asuntos: legales) La Ley de Financiamiento creó el impuesto nacional al consumo para la enajenación de bienes inmuebles, introducido en el Artículo 512-22 del Estatuto Tributario (ET). La redacción de esta norma genera dudas sobre la estructura y aplicación del impuesto, que se espera sean aclaradas por el Gobierno mediante un decreto reglamentario. No obstante, a continuación se explican las características del nuevo impuesto al consumo.
(Asuntos: legales) Si bien la Ley de Financiamiento trajo importantes modificaciones a las disposiciones sustantivas tributarias, lo cual ha sido objeto de amplios comentarios, también debemos destacar que, en el ámbito procedimental, se incluyeron reformas que no han tenido la suficiente difusión, pero que resultan de gran relevancia para ejercer el derecho de defensa y aliviar el bolsillo de los contribuyentes a quienes la Dian les adelante procesos de fiscalización y determinación de impuestos.
Por la cual se señalan los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta con validación previa a su expedición y se establece el calendario para su implementación
Con ocasión de la ley de financiamiento
Bogotá, 1 de abril 2019. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- informa que, personas o empresas no autorizadas por la Entidad, circulan en redes sociales y publicaron en la página web
Bogotá, 27 de marzo 2019. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, precisa a los facturadores electrónicos, a los proveedores tecnológicos y a los sujetos que han recibido factura electrónica que, la misma se entiende emitida al momento en que se entrega al adquirente.
Teniendo en cuenta con lo establecido en el parágrafo 2 del artículo 102 de la ley 1943 de 2018, el contribuyente, declarante, agente retenedor, responsable, deudor solidario, deudor subsidiario o garante
(Asuntos:legales) La reforma tributaria del 2016 creó una tarifa especial a título del impuesto sobre la renta sobre la distribución de dividendos por parte de sociedades nacionales, cuya distribución se origine con cargo a utilidades generadas a partir del 1° de enero del 2017.
(Ámbito Jurídico) La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) emitió un concepto aclarando qué tipo de ingresos son las becas otorgadas por Colciencias.
(Ámbito Jurídico) Ante el interrogante sobre si la Ley de Financiamiento derogó los beneficios tributarios concedidos a los contribuyentes en razón de la inversión en las zonas más afectadas por el conflicto armado (Zomac) la Dian expuso que la Ley 1943/18 no derogó lo dispuesto en los artículos 235, 236, 237 y 238 de la Ley 1819/16.