A pesar de que el gobierno ha hecho manifestaciones acerca de que no va a aumentar los impuestos a raíz de la emergencia económica que será decretada para afrontar la situación derivada del terremoto, en todo caso, es absolutamente necesario pensar en medidas de esta naturaleza, no solo buscando recaudos sino, más importante, concediendo alivios o suspendiendo temporalmente la causación de algunos tributos que en situación de normalidad se causarían.
Se trata, además, de reglas que no solo deberá dictar el gobierno nacional en virtud de la emergencia económica, sino de medidas que también deberán adoptar los departamentos y municipios.
La acción del gobierno central es importantísima, pero no menos importante es la acción de las asambleas departamentales y concejos municipales, quienes tienen bajo su competencia la facultad de suspender, modificar o generar normas relacionadas con el manejo de la emergencia. Y hablamos no solo de las asambleas y concejos de los departamentos y municipios afectados, sino de todas las asambleas y concejos existentes en el país, porque no debe ser extraño que en virtud del principio de solidaridad, las asambleas, por ejemplo, decidan emitir una ordenanza o acuerdo especial, de vigencia temporal, aplicable en su correspondiente departamento o municipio, para, por ejemplo, destinar una porción del recaudo de estampillas o de la contribución de obra para ser entregada a los gobiernos locales de los departamentos o municipios afectados, deseablemente en especie (cemento, ladrillos, etc.) o alimentos, vestuario y elementos de aseo.
Ahora, las asambleas de Quindío, Caldas, Risaralda, Valle y Chocó, como departamentos directamente afectados pueden también dictar normas tributarias. Pensamos en el tema de estampillas que usualmente se causan por la suscripción de contratos con los entes departamentales para decretar una exención respecto de contratos de obra, consultoría, construcción y otros directamente necesarios para superar la crisis. En relación con los concejos municipales, tendrá que analizarse necesarias exenciones para los constructores y demás empresas que se vinculen posteriormente a las labores de construcción de edificaciones, casas, vías, entre otros.
En fin, hay tela de dónde cortar. Y obviamente, a nivel nacional habrá que imaginar reglas de contenido tributario, como por ejemplo la no causación del IVA para la venta de materiales de construcción para la zona afectada y la exclusión del impuesto para los prestadores de servicios relacionados con la superación de la crisis.
El gobierno nacional, como lo ha venido haciendo, tiene que mantenerse firme en llamar a la unión de los connacionales, pero buscando que la iniciativa privada se materialice con reglas especiales de emergencia. Ejemplo: quienes donen no necesitarán insinuar las donaciones para dar validez a las mismas. Las donaciones que se realicen con destino a las zonas afectadas y se canalicen por medio de entidades debidamente acreditadas podrían ser tratadas como ingreso no constitutivo de renta (para quienes donen parte de su ingreso: un día de salario, por ejemplo) o ser completamente deducibles sin limitación, o conceder el crédito tributario, pero sin aplicar la limitación del 25% que consagra la regla actualmente vigente.
Y como parte de esas medidas nacionales, pudiera darse cuerpo y reglamentación al artículo 244-1 del ET que contiene el aporte voluntario en la declaración de renta y complementarios, para canalizarlo como aporte voluntario vía autorretención de aporte para ser declarado en la declaración de retención en la fuente.
Mejor dicho, como parte de las reglas de emergencia tiene necesariamente que considerarse reglas tributarias, que faciliten y estimulen la solidaridad porque, como dijo el Papa Juan Pablo II “La solidaridad no es un sentimiento superficial, es la determinación firme y perseverante de empeñarse por el bien común, es decir, el bien de todos y cada uno para que todos seamos realmente responsables de todos”.
La meta es, preliminarmente, 30 billones que, conforme lo anuncia Abelardo, sería el recurso necesario para reconstruir las afectaciones, de manera que aquí definitivamente hay que jugar a que todos ponemos, todos ganamos, aunque cada uno según sus propias capacidades.
Una buena señal para mejorar el rumbo es apartar de las prácticas empresariales los mecanismos de evasión tributaria. Un acto de contrición y conciencia, acompañado de gestos de buena voluntad y desprendimiento, seguramente serán detonante para reducir este mal y mejorar el recaudo necesario para salir adelante. No es solo asunto de plata, es asunto de conciencia. El país lo necesita.
Y la venidera reforma tributaria que sería radicada el próximo mes, tiene un gran reto para fortalecer el recaudo con medidas no necesariamente de aumento de carga tributaria, pero sí mediante mecanismos tales como: condonación de los saldos a favor; terminación de procesos y discusiones tributarias, pago de deudas en atraso, exoneraciones para empresas que se localicen en los territorios afectados; estímulos tributarios para las empresas afectadas; etc. ¿Aló?
