La SuperSociedades estableció como plazo máximo para acreditar la realización, presentación ante el máximo órgano social y publicación del Reporte de Gestión BIC, el 30 de abril de cada año.
Ampliación del plazo para acreditar ante la SuperSociedades haber realizado, presentado y publicado el reporte de gestión BIC. Circular 1 de 2022
