Oficio 115057151 Forma de distribución de utilidades a los socios o accionistas bajo NIIF.
Oficio 115.057151 Supersociedades 31 de marzo de 2016.
(Tributar Asesores) Acorde con el criterio de la Superintendencia de Sociedades expresado en un oficio del pasado 21 de abril del año corriente, la base de cuantificación de la contribución que las entidades sujetas a su inspección y vigilancia deben pagar es la que arroje los estados financieros preparados con base en los nuevos estándares internacionales.