Se reviven impuestos suspendidos para financiar la emergencia climática – Decreto 0240 de 2026

El Decreto 0240 del 12 de marzo de 2026 establece medidas tributarias extraordinarias para financiar la atención de la emergencia económica, social y ecológica declarada mediante el Decreto 150 de 2026. Entre las principales disposiciones se incluyen la creación de un impuesto nacional al consumo del 16% sobre los juegos de suerte y azar operados por internet, la implementación de alivios tributarios con reducción de sanciones e intereses para obligaciones en mora, la posibilidad de conciliar litigios tributarios con la DIAN, y un impuesto de normalización tributaria del 19% para activos omitidos o pasivos inexistentes. Asimismo, se ajusta el impuesto al patrimonio creado por el Decreto 173 de 2026, incluyendo como sujetos pasivos a establecimientos permanentes y sucursales de sociedades extranjeras, con el fin de fortalecer el recaudo destinado a atender la crisis climática.

Aplazamiento de la entrada en vigencia de la NIIF 17 en Colombia. Decreto 0217 de 2026

El Decreto 0217 del 5 de marzo de 2026 modificó el Decreto 1271 de 2024 y estableció que la aplicación obligatoria de la NIIF 17 (Contratos de Seguro) para las entidades del Grupo 1 iniciará el 1 de enero de 2028, aplazando su implementación debido a las dificultades operativas y tecnológicas identificadas por el sector asegurador y las autoridades técnicas.

Reglamentación de las prácticas laborales y del contrato de aprendizaje. Decreto 0223 de 2026

El Decreto 0223 del 5 de marzo de 2026 subroga el Capítulo 3 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1072 de 2015 y establece la reglamentación integral de las prácticas laborales y del contrato de aprendizaje, definiendo condiciones de formación, obligaciones de empresas patrocinadoras, cuota de aprendices, supervisión del SENA y reglas para la afiliación a seguridad social y el apoyo de sostenimiento de los aprendices.

Decreto 173 de 2026 — Creación transitoria del impuesto al patrimonio para jurídicas en estado de emergencia económica

El Decreto 0173 de 2026 estableció, en desarrollo del estado de emergencia declarado mediante el Decreto Legislativo 0150 de 2026, un impuesto al patrimonio aplicable exclusivamente para la vigencia 2026 a personas jurídicas y sociedades de hecho con patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT al 1 de marzo de 2026, con una tarifa general del 0,5% y una tarifa diferencial del 1,6% para el sector financiero y extractivo, definiendo además exclusiones específicas de base gravable, reglas anti-fragmentación patrimonial, causación instantánea del tributo y pago en dos cuotas durante abril y mayo de 2026, con destinación exclusiva a financiar los gastos derivados de la emergencia climática y social que motivó la adopción de medidas fiscales extraordinarias.

Reglamentación del mecanismo de obras por impuestos en Bogotá mediante fiducia – Decreto Distrital 043 de 2026

El decreto adiciona los capítulos 8, 9 y 10 al Decreto Único Distrital Tributario 639 de 2025 para reglamentar la modalidad de obras por impuestos mediante fiducia, permitiendo a contribuyentes distritales financiar proyectos de inversión pública y aplicar dichos aportes a la extinción de obligaciones tributarias. Se establecen el procedimiento de vinculación, constitución de fiducia mercantil, ejecución del proyecto, certificación de entrega y extinción del tributo, incluyendo reglas sobre garantías, rendimientos financieros, incumplimientos y manejo de saldos.

Medidas excepcionales para la sostenibilidad financiera y continuidad del servicio público domiciliario de energía eléctrica. Decreto 44 de 2026

Adopta medidas extraordinarias orientadas a garantizar la continuidad, calidad y sostenibilidad del servicio público domiciliario de energía eléctrica, ante la grave afectación de la liquidez y el riesgo sistémico del sector, especialmente en la región Caribe. Para ello, crea una contribución parafiscal temporal a cargo de las empresas generadoras, con destinación específica al fortalecimiento del Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Salario mínimo 2026 - Decreto 1469 de 2026

El Decreto 1469 de 2025 fija el salario mínimo legal mensual para el año 2026 en $1.750.905, lo que representa un incremento del 23% frente al valor vigente en 2025. La decisión se adopta ante la falta de acuerdo en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales y se fundamenta en una ponderación integral de los criterios previstos en la Ley 278 de 1996, incluyendo inflación observada y esperada, productividad, desempeño económico, contribución de los salarios al ingreso nacional y crecimiento del PIB.

Auxilio de transporte 2026 - Decreto 1470 de 2026

El Decreto 1470 de 2025 establece el auxilio de transporte para la vigencia 2026 en $249.095 mensuales, aplicable a trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes. Este ajuste corresponde a un incremento del 24,5% frente al valor fijado para 2025 y se justifica en la necesidad de preservar el poder adquisitivo del ingreso disponible de los trabajadores de menores ingresos, compensando los costos efectivos de desplazamiento.

Decreto 639 del 2025. Expedición del Decreto Único Distrital Tributario y consolidación normativa del régimen tributario de Bogotá D. C.

El Decreto 639 de 2025 expide el Decreto Único Distrital Tributario de Bogotá D. C., consolidando en un solo cuerpo normativo la reglamentación tributaria distrital vigente. Su propósito central es compilar, depurar y racionalizar las disposiciones existentes sin crear nuevos tributos ni modificar el contenido sustancial de las normas, garantizando coherencia, claridad y seguridad jurídica. Este ejercicio de compilación busca facilitar la interpretación y aplicación del régimen tributario distrital, preservar las situaciones jurídicas consolidadas y fortalecer la estabilidad normativa para contribuyentes y operadores jurídicos.

Medidas tributarias extraordinarias y ajustes al sistema fiscal para la vigencia 2026. Decreto 1390 de 2025

Mediante el Decreto 1390 de 2025, el Gobierno Nacional declaró el estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, con el fin de habilitar la adopción de medidas excepcionales a través de decretos con fuerza de ley. Esta declaratoria constituye el marco jurídico que permitirá expedir normas posteriores orientadas a atender la situación económica que la motiva, incluyendo eventuales disposiciones de carácter fiscal que serán desarrolladas en decretos subsiguientes.

Requisitos, condiciones y procedimientos para el reconocimiento, negociación y caducidad de los certificados de reembolso tributario. Decreto 952 de 2025

El Decreto 0952 del 29 de agosto de 2025 modifica parcialmente el Decreto 566 de 2025 para ajustar el régimen del Certificado de Reembolso Tributario (CERT), precisando aspectos sobre su administración por parte de los depósitos de valores, los intermediarios financieros autorizados y el procedimiento de reconocimiento, caducidad y expedición. Entre los cambios, se establece un beneficio del 3% sobre el valor FOB de exportación de bienes y del 2% para servicios, se aclara la forma de liquidación en pesos colombianos, se amplía el plazo de solicitud a diez meses desde la exportación, se fija un término de caducidad de dos años, se ajusta el suministro de información y se amplía el periodo de transición a cinco meses para su implementación, manteniendo la posibilidad de solicitar CERT sobre operaciones realizadas en 2025 y 2026.

Adoptar el modelo de salud preventivo, predictivo y resolutivo como política en salud para la población habitante en el territorio colombiano. Decreto 858 de 2025

El Decreto 0858 del 30 de julio de 2025 sustituye la Parte 11 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016 para adoptar formalmente el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo como política pública nacional, estructurado sobre la Atención Primaria en Salud (APS) y orientado a garantizar el derecho fundamental a la salud mediante la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos. Este modelo reorganiza el sistema mediante la conformación de Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS), fortalece la gobernanza y la participación comunitaria, articula esfuerzos intersectoriales y territoriales, y establece lineamientos específicos para las entidades del sistema, sin modificar ni crear tributos ni introducir medidas fiscales directas.